1º JUZGADO DE FAMILIA SANTIAGO

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

14 de noviembre de 2025

Materia

ALIMENTOS

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y teniendo, además, presente: 1° Que el artículo 19 quinquies, en su inciso primero, dispone “Extraordinariamente, siempre que hubiere tres pensiones adeudadas continuas o discontinuas y el alimentante no mantenga fondos en cuentas bancarias o instrumentos financieros o de inversión, o que habiendo fondos éstos sean insuficientes para el pago de la deuda, la parte alimentaria podrá solicitar al tribunal que consulte, por vía de interconexión con la institución administradora de fondos de pensiones en la que se...

Texto Completo (Preview)

Alegó revocando el abogado David Alejandro Herrera Vega, durante 15 minutos. Santiago, catorce de noviembre de dos mil veinticinco. Al escrito folio 13: téngase presente. Vistos y teniendo, además, presente: 1° Que el artículo 19 quinquies, en su inciso primero, dispone “Extraordinariamente, siempre que hubiere tres pensiones adeudadas continuas o discontinuas y el alimentante no mantenga fondos e

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