LEAL/PREMIER CAESARS CHILE SPA.
Rol
Fecha
14 de noviembre de 2025
Materia
RECARGOS
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Por sentencia dictada con fecha treinta de septiembre de dos mil veinticuatro, en causa RIT N° M-2652-2024, seguida ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se acogió la demanda interpuesta por Natalie Elena Leal Espinosa en contra de Premier Caesars Chile SpA, declarando que el despido de la actor fue improcedente, ordenando pagar las sumas que detalla por concepto de recargo legal de un 30% y restitución del aporte patronal al fondo de cesantía, con reajustes e intereses, sin costas. Contra dicho fallo recurrió de nulidad la parte demandada, invocando como única causal la prevista en el artículo 477 del Código del Trabajo, por haberse dictado la sentencia con infracción de ley que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento en audiencia, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes. Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la recurrente invoca como causal única de su recurso de nulidad la prevista en el artículo 477 del Código del Trabajo, alegando que la sentencia fue dictada con infracción de ley que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo, en razón de haberse infringido el artículo 13 de la Ley N° 19.728. Cita el considerando noveno del
Fallo
fallo recurrió de nulidad la parte demandada, invocando como única causal la prevista en el artículo 477 del Código del Trabajo, por haberse dictado la sentencia con infracción de ley que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento en audiencia, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes. Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la recurrente invoca como causal única de su recurso de nulidad la prevista en el artículo 477 del Código del Trabajo, alegando que la sentencia fue dictada con infracción de ley que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo, en razón de haberse infringido el artículo 13 de la Ley N° 19.728. Cita el considerando noveno del fallo impugnado, señalando que es en ese motivo en que se infringe la norma referida, al desconocer el sentido y fundamento de esa norma. Argumenta que de conformidad con la historia de la Ley N° 19.728, lo que busca el legislador al establecer el aporte del empleador al seguro de cesantía es transformar la obligación única de pagar la indemnización por años de servicio, a un cumplimiento de dos maneras, a través del aporte al seguro de cesantía, combinado con el pago de la indemnización señalada. De esa forma, por el hecho de ser parte de la indemnización por años de servicio, es que el artículo 13 de la Ley N° 19.728 establece la posibilidad de descontar de ella el monto del aporte efectuado al seguro de cesantía, porque en definitiva es una pa
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C.A. de Santiago Santiago, catorce de noviembre de dos mil veinticinco. VISTOS: Por sentencia dictada con fecha treinta de septiembre de dos mil veinticuatro, en causa RIT N° M-2652-2024, seguida ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se acogió la demanda interpuesta por Natalie Elena Leal Espinosa en contra de Premier Caesars Chile SpA, declarando que el despido de la actor fu
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