SIN INFORMACION

AHUMADA AEDO ROBERTO ALEJANDRO /COMISION LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

14 de noviembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: A folio 1, se interpone recurso de amparo a favor de Roberto Alejandro Ahumada Aedo, cédula de identidad N°18.706.620-4, de 30 años de edad, quien actualmente cumple condena en el Complejo Penitenciario de Valparaíso, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, que rechazó otorgar la libertad condicional al amparado, afectando su derecho a la libertad personal, garantizada en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República. Explica que el amparado se encuentra cumpliendo las penas de 3 años y un día, 541 días, 5 años y un día, por los 2 delitos de robo por sorpresa, y robo con intimidación, respectivamente, con fecha de inicio de condena el 1 de noviembre de 2017, la que finalizaría el 10 de noviembre de 2026. Añade que el actor tiene muy buena conducta en los últimos seis bimestres y satisface los demás requisitos legales para acceder a la libertad condicional. Sostiene que lo resuelto por la Comisión de Libertad Condicional ha determinado que el amparado permanezca privado de su libertad ambulatoria en forma ilegal y arbitraria, toda vez que ha exigido requisitos que exceden aquellos fijados en el Decreto Ley N° 321 de 1925. Pide se otorgue al amparado el beneficio de libertad condicional, por reunirse la totalidad de los requisitos exigidos por la ley para ello. A folio 4, informa el Alcaide del Complejo Penitenciario de Valparaíso, acompañando el formulario consolidado de postulación, el informe psicosocial, informe de conducta y el certificado de antecedentes laborales. Respecto al informe psicosocial, en las conclusiones se indica que el interno con un inicio de conductas delictuales desde la adolescencia ingresa a programa de reinserción social en marzo de 2022, con un plan de intervención individual en el cual presenta avances, con la totalidad de los talleres psicosociales finalizados. En lo que respecta a la adquisición de habilidades sociales que le permiten desempeñarse en diversos contextos de formalidad.

Fundamentos

motivos por los cuales el beneficio fue desestimado, constan en la resolución que se impugna. En dicha resolución se argumenta que el amparado cuenta con compromiso delictual medio, riesgo de reincidencia alto, con factores de riesgo aún pendientes de intervención, sin beneficios intrapenitenciarios que permitan observar su conducta extramuros, en estado contemplativo, indicando que la sugerencia de Gendarmería es que continúe el plan de intervención intramuros, siendo posible concluir que no cumple con las exigencias establecidas en el numeral 3 del artículo 2 del Decreto Ley 321. Se indica que dicha decisión acordada con el voto en contra de la Ministra Sra. Nancy Bluck Bahamondes, quien estuvo por conceder la libertad condicional por considerar que el interno presenta avances en el programa de intervención, culminando los talleres de manera satisfactoria, finaliza enseñanza media intramuros, desarrolla actividades deportivas en el penal y su familia se encuentra organizada para darle apoyo económico y favorecer su retorno al medio libre. A folio 7, se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que por esta vía extraordinaria se cuestiona la legalidad de la resolución dictada por la Comisión de Libertad Condicional, por medio de la cual no concedió el beneficio de la libertad condicional al amparado, por los fundamentos que en ella se indican y que se expusieron en la parte expositiva de esta sentencia. Segundo: Que, atendido el mérito de los antecedentes, se aprecia que lo resuelto por la recurrida no es ilegal, pues se encuentra facultada para conceder o denegar el beneficio, de conformidad al artículo 5° del Decreto Ley N°321 de 1925, cuya redacción actual fue introducida por la Ley 21.124, publicada en el Diario Oficial con fecha 18 de enero de 2019. Tercero: Que, además, la decisión de la Comisión se encuentra debidamente fundada en los antecedentes proporcionados por la autoridad penitenciaria, institución que ha entregado a una psicóloga la redacción del informe contemplado en el artículo 4° del aludido cuerpo normativo. Cuarto: Que, de este modo, al dictar la resolución impugnada, en cuyo texto constan las razones para fundamentar su negativa, la Comisión no ha infringido normativa legal alguna, por lo que no existe antecedente que dé cuenta de que la recurrida haya vulnerado la garantía constitucional del artículo 19 N°7 de la Carta Fundamental, motivo por el cual la presente acción será rechazada.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de Roberto Alejandro Ahumada Aedo, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso. Acordada con el voto en contra de la Ministra Suplente Sra. Marisol González Vera, quien estuvo por acoger el recurso de amparo toda vez que el amparado presenta avances en su programa de intervención, habiendo culminado los talleres de manera satisfactoria. Además, porque finalizó la enseñanza media intramuros, porque desarrolla actividades deportivas en el penal y su familia se encuentra organizada para darle apoyo económico y favorecer su retorno al medio libre. Regístrese, notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y, en su oportunidad, archívese. N° Amparo-4118-2025. No sujeta a anonimización. En Valparaíso, catorce de noviembre de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Dgm. C.A. de Valparaíso Valparaíso, catorce de noviembre de dos mil veinticinco. Vistos: A folio 1, se interpone recurso de amparo a favor de Roberto Alejandro Ahumada Aedo, cédula de identidad N°18.706.620-4, de 30 años de edad, quien actualmente cumple condena en el Complejo Penitenciario de Valparaíso, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, que rechazó otorgar la lib

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