C/ ERITH JOSE MARCANO LINAREZ
Rol
Fecha
11 de noviembre de 2025
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
hechos objeto de la formalización y presumir fundadamente la participación que en los mismos se atribuye al imputado, por lo que se tienen por concurrente en la especie las circunstancias previstas en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto del delito de receptación de vehículo motorizado por el que fue formalizado el imputado, respecto del cual el encausado mantiene una versión alternativa que excluiría el elemento subjetivo del tipo penal que se le atribuye en autos, alegaciones de fondo que son más bien propias del juicio. 2º.- Que, por otra parte, en lo relativo a la necesidad de cautela, exigida en la letra c) de la norma legal citada, si bien es cierto que la prisión preventiva es de última ratio, resulta claro que el ingreso irregular del imputado, sumado a que no existen antecedentes que den cuenta de su identidad de manera fidedigna, se configura la hipótesis de peligro de fuga, consagrada en el actual inciso sexto del artículo 140 del Código Procesal penal, incorporado por la Ley N° 21.694, tal como concluyó el tribunal a quo. En razón de lo anterior y visto, además, lo dispuesto en los artículos 149 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de veintisiete de octubre de dos mil veinticinco, dictada por el Octavo Juzgado de Garantía de Santiago, en causa RIT O-9097-2025, mediante la cual se dispuso la prisión preventiva del imputado Erith José Marcano Linarez, por estimar que su libertad configura la hipótesis de peligro de fuga. Comuníquese por la vía más rápida. Devuélvase la competencia. Penal-5910-2025. Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Pedro Caro Romero, conformada por la Ministra señora Paula Rodríguez Fondón y el Ministro (I) señor Pablo Toledo González. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.
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CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO Santiago, once de noviembre de dos mil veinticinco. Sala: Tercera Rol Corte: Penal-5910-2025 Ruc: 2501513774-9 Rit : O-9097-2025 Juzgado: 8º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: los Ministros señor Pedro Caro Romero, señora Paula Rodríguez Fondón y el Ministro (I) señor Pablo Toledo González Relator (S): Emilio Otárola Digitadora: Carla Tranchino Poblete R
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