FIGUEROA/ISS SERVICIOS GENERALES S.A.
Rol
Fecha
11 de noviembre de 2025
Materia
ART. 485 INCISO 3º CT
Resultado
ANULA DE OFICIO
Hechos
Vistos: Advertido un vicio de nulidad procesal y en uso de las facultades previstas en el artículo 84, inciso cuarto, del Código de Procedimiento civil, atendido que la resolución de la excepción de finiquito y transacción debió ser dejada para definitiva, según se dispone en el 453 Nº 1, inciso quinto, del Código del Trabajo, SE ANULA DE OFICIO la resolución de dicha excepción dictada en audiencia preparatoria de quince de octubre de dos mil veinticinco, debiendo resolverse lo pertinente en la sentencia definitiva, por un juez no inhabilitado. Atendido lo resuelto, se omite pronunciamiento respecto del recurso de apelación deducido respecto de la resolución impugnada. Comuníquese. N°Laboral - Cobranza-349-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valdivia Valdivia, once de noviembre de dos mil veinticinco. Vistos: Advertido un vicio de nulidad procesal y en uso de las facultades previstas en el artículo 84, inciso cuarto, del Código de Procedimiento civil, atendido que la resolución de la excepción de finiquito y transacción debió ser dejada para definitiva, según se dispone en el 453 Nº 1, inciso quinto, del Código del Trabajo, S
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