GONZÁLEZ FUENTES FRANCISCO JAVIER /COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL-VALPARAISO
Rol
Fecha
11 de noviembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA.-
Hechos
Visto: A folio 1 comparece doña Marcia Andrea Quintana Fajardo, abogada, defensora penal pública penitenciaria, quien interpone acción constitucional de amparo en favor de Francisco Javier González Fuentes, actualmente privado de libertad en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de San Felipe, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Región de Valparaíso, segundo semestre 2025, por haber ésta rechazado la postulación del amparado al beneficio de libertad condicional mediante resolución Ord. N° 1012-2025 / Comisión de Libertad Condicional Valparaíso, de 06 de octubre de 2025. Sostiene que la decisión es arbitraria e ilegal, porque el amparado cumple los requisitos temporales y de conducta del Decreto Ley N° 321 y, sin embargo, la Comisión lo rechazó con
Fundamentos
fundamentos que no demostrarían incumplimiento de las exigencias legales. Pide dejar sin efecto la resolución y que se conceda la libertad condicional. Expone que el amparado cumple actualmente: (a) 541 días de presidio menor en su grado medio por el delito de receptación de vehículo motorizado; (b) 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo por delitos de la Ley de Control de Armas; y (c) 61 días de presidio menor en su grado mínimo por receptación, todo ello “condenado en causa RIT 2650-2022; 2200322332-2 del Juzgado de Garantía de Rancagua con 15 de marzo 2023”. Señala que inició el cumplimiento el 05 de abril de 2022 y que su fecha de cumplimiento de condena quedó fijada para el 29 de noviembre 2026, la que se adelanta al 29 de septiembre de 2026 por 2 meses de rebaja por buen comportamiento. Indica que su fecha de postulación a libertad condicional se cumplió el 03 de agosto de 2024 y que el interno “presenta al menos 6 bimestres de muy buena conducta”, por lo que, a su juicio, satisface los requisitos de los arts. 2 y 3 del Decreto Ley N° 321. A folio 4 obra informe del Centro de Cumplimiento Penitenciario de San Felipe, que remite los antecedentes ordenados por la Corte: formulario consolidado de postulación al proceso de libertad condicional, informe de postulación psicosocial, informe de control de conducta, certificado de antecedentes penales e informe especial de trabajo. De ese informe aparece que el interno tiene conducta muy buena, pero el informe de postulación psicosocial concluye que el amparado “mantiene compromiso delictual y riesgo de reincidencia medios, sin beneficios intrapenitenciarios que permitan observar su conducta extramuros, mantiene algunos factores de riesgo pendientes de intervención, en estado contemplativo, si bien el interno manifiesta su deseo de dejar la conducta delictiva, no exhibe acciones concretas para lograr dicho objetivo, el informe sugiere capacitación en algún oficio para que cuente con herramientas que le permitan desarrollarse en el medio libre”. A folio 6 informa la Comisión de Libertad Condicional de la Región de Valparaíso, por su presidenta ministra señora Nancy Bluck Bahamondes, acompañando la resolución que se impugna: Ord. N° 1012-2025 / Comisión de Libertad Condicional Valparaíso, 06 de octubre de 2025, en la que se deja constancia de que, revisados los antecedentes del interno Francisco Javier González Fuentes, y “teniendo en consideración que el informe de postulación psicosocial (…) resulta desfavorable para un cumplimiento en libertad” por las razones ya transcritas, “es posible concluir que no cumple con las exigencias establecidas en el numeral 3 del artículo 2 del Decreto Ley 321”, resolviendo: “I.- Rechazar el beneficio de libertad condicional al interno Francisco Javier González Fuentes, por los argumentos expuestos en el motivo 3.-”. A folio 7, se trajeron los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el artículo 21 de la Constitución Políti
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo interpuesto en favor de Francisco Javier González Fuentes en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso. Se previene que la Ministra Suplente Sra. Alvial, concurre al rechazo teniendo únicamente presente que la acción presentada no resulta idónea para revisar el mérito de lo resuelto por la Comisión de Libertad Condicional, en cuanto a la apreciación de los avances en el proceso de reinserción social del amparado, toda vez que refleja un juicio de ponderación sobre aspectos de fondo, correspondiendo únicamente verificar el cumplimiento de los requisitos objetivos establecidos en el Decreto Ley N° 321 y su Reglamento, cuya infracción no se denuncia en la especie. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-4001-2025.
Texto Completo (Preview)
I.C.A. de Valparaíso. Cgv Valparaíso, once de noviembre de dos mil veinticinco. Visto: A folio 1 comparece doña Marcia Andrea Quintana Fajardo, abogada, defensora penal pública penitenciaria, quien interpone acción constitucional de amparo en favor de Francisco Javier González Fuentes, actualmente privado de libertad en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de San Felipe, en contra de la Comis
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