1º JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE PEUMO

MP/RAIMER RODRIGUEZ GUERRA

Rol

Fecha

11 de noviembre de 2025

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: 1º Sube en apelación la resolución dictada con fecha 4 de noviembre último y que decretó la prisión preventiva del imputado Raimer Rodríguez Guerra, como consecuencia de la ejecución de los delitos de amenazas simples y lesiones leves, invocando como fundamento el peligro de fuga, al no contar éste último con cédula nacional para extranjeros o Rol Único Nacional. 2º Que, en este caso, no se encuentran cuestionados los presupuestos previstos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, sino únicamente la necesidad de cautela, consecuencia de no mantener el encartado una identificación certera. En este sentido, habiéndose ampliado la detención del imputado a objeto de poder verificar el canje penal, y habiéndose realizado éste según informa el Servicio de Registro Civil, mediante Oficio 4235, lo cierto es que la prisión preventiva decretada se vuelve desproporcionada, atendida la naturaleza de los hechos que se le imputan, su gravedad y muy especialmente su prognosis de castigo, por lo que esta sede, revocará la decisión alcanzada por el tribunal de Letras y Garantía de Peumo, fijando -a objeto de asegurar la comparecencia del imputado a los actos del procedimiento y los fines del mismo- cautelares de menor intensidad, tal y como se dirá en lo resolutivo. Por lo anterior y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 140, 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de fecha cuatro de noviembre del año en curso, en la causa RIT 1386-2025, dictada por el Primer Juzgado de Letras y Garantía de Peumo, en cuanto decretó la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Raimer Rodríguez Guerra y, en su lugar, se le imponen las medidas cautelares contempladas en las letras c), d) y g) del artículo 155 del Código Procesal Penal, esto es, firma mensual ante la Comisaría de Carabineros más cercana a su domicilio, la que deberá presentar el primer domingo de cada mes, entre las 08:00 y las 20:00 horas; arraigo

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, once de noviembre de dos mil veinticinco. Vistos: 1º Sube en apelación la resolución dictada con fecha 4 de noviembre último y que decretó la prisión preventiva del imputado Raimer Rodríguez Guerra, como consecuencia de la ejecución de los delitos de amenazas simples y lesiones leves, invocando como fundamento el peligro de fuga, al no contar éste último con cédula naci

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