2º JUZGADO DE LETRAS DE CORONEL

MARIANELA DEL CARMEN AMIGO CAPDEVILA CON MARTA DEVORA CAMPOS TORRES

Rol

Fecha

10 de noviembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA, SIN COSTAS

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Hechos

VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, y

Fundamentos

considerando que los argumentos vertidos en la apelación no hacen variar lo reflexionado y decidido en la sentencia en alzada y atendido lo dispuesto en el artículo 8° numeral 9 de la Ley N°18.101, sobre arrendamiento de predios urbanos, SE CONFIRMA, sin costas del recurso, la sentencia apelada de treinta de junio de dos mil veinticinco, dictada por el Segundo Juzgado de Letras de Coronel, en los autos C-169-2025. Regístrese y devuélvase. Redacción de la ministra suplente señora María Alejandra Ceroni Valenzuela. N°Civil-2124-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción CCL/cms Concepción, diez de noviembre de dos mil veinticinco. VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, y considerando que los argumentos vertidos en la apelación no hacen variar lo reflexionado y decidido en la sentencia en alzada y atendido lo dispuesto en el artículo 8° numeral 9 de la Ley N°18.101, sobre arrendamiento de predios urbanos, SE CONFIRMA, sin costas del rec

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