C/ CRISTIAN MARCELO CABELLOS STRANGE
Rol
Fecha
11 de noviembre de 2025
Materia
EXTORSION. ART. 438.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrado, teniendo presente que el hecho investigado no es constitutivo de delito, por tratarse de una controversia de naturaleza eminentemente civil, derivada del incumplimiento de obligaciones recíprocas en el marco de un contrato de construcción a suma alzada. y, de conformidad con lo previsto en los artículos 250 letra a) y 253 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de veinte de octubre de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de Casablanca, que no hizo lugar al sobreseimiento definitivo de la causa seguida en contra de CRISTIAN MARCELO CABELLOS STRANGE y, en su lugar se dispone el sobreseimiento definitivo y total de estos autos seguidos respecto del imputado, por no darse el supuesto de la letra a) del artículo 250 del Código Procesal Penal; con costas para el Ministerio Público. Comuníquese, notifíquese y devuélvase, vía interconexión. N°Penal-3036-2025. En Valparaíso, once de noviembre de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
Edp C.A. de Valparaíso. ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a once de noviembre de dos mil veinticinco, se da inicio a esta audiencia a las 10:54 horas, ante la Cuarta Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, siendo presidida por la Ministra Srta. Eliana Quezada Muñoz e integrada por el Ministro Sr. Pedro García Muñoz y la Ministra Suplente Sra. Mirtza González Vera, para la vista del r
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