GATICA RODRÍGUEZ FRANCISCO ALEJANDRO/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL DE VALPARAÍSO
Rol
Fecha
10 de noviembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: A folio 1, Marcia Vega Moreno, abogada, Defensora Penal Pública Penitenciaria deduce acción de amparo en favor de Francisco Alejandro Gatica Rodríguez, chileno en contra de la Comisión de la Libertad Condicional de Valparaíso, por el acto que considera ilegal, consistente en la Resolución Ord. N°1474-2025 de 15 de octubre de 2025 que rechaza su postulación al beneficio, lo que estima vulneraría su derecho a la libertad personal, consagrado en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República. Explica que el amparado actualmente cumple las siguientes penas: una pena de 541 días de presidio menor en su grado medio como autor del delito de receptación de vehículo motorizado; una pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo por el delito de conducción de vehículo motorizado con licencia suspendida; una pena de 100 días de presidio menor en su grado mínimo por Receptación de Vehículo Motorizado; y una pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo por conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad más 61 días de presidio menor en su grado mínimo por daños calificados. Cumple las penas en el Centro Penitenciario De Valparaíso, con fecha de inicio de condena el 21 febrero de 2024 y término de condena el 5 de diciembre de 2025, restándole 2 meses y cuatro días por cumplir a la fecha la decisión de la comisión referida. Aduce que cumple con todos los requisitos objetivos y subjetivos para obtener la libertad condicional, sin embargo, la recurrida rechazó su postulación. Concluye solicitando que se le conceda el referido beneficio al amparado. A folio 4, evacúa informe el Alcaide del Complejo Penitenciario de Valparaíso, acompañando el “formulario consolidado de postulación al proceso de libertad condicional” que da cuenta de los antecedentes de la postulación. A folio 6, evacúa informe la Comisión de Libertad Condicional de la Región de Valparaíso, la recurrida informe acompañado del Ord. N° 1474-2025 de diez de octubre de dos m
Fundamentos
Considerando: Primero: Que, por esta vía extraordinaria se cuestiona la legalidad de la resolución Ord. N°1474-2025 de 15 de octubre de 2025, por medio de la cual la recurrida no concedió el beneficio de libertad condicional al amparado, por las razones que en ella se indican. Segundo: Que, la recurrida se encuentra facultada para conceder o denegar el beneficio de libertad condicional, conforme con lo previsto por el artículo 5 del Decreto Ley N°321, cuya redacción actual fue introducida por la Ley N°21.627, publicada en el Diario Oficial el 9 de noviembre de 2023. Tercero: Que, la decisión de la Comisión se encuentra debidamente fundada en los antecedentes proporcionados por la autoridad penitenciaria, institución que ha entregado a un experto la redacción del informe contemplado y ordenado por el artículo 4 del aludido cuerpo normativo. En efecto, en tal informe se advierte que pese a los avances que registra el amparado, mantiene factores de riesgo pendientes entre ellas el uso del tiempo libre, resolución de conflictos y conducta impulsiva.
Fallo
Por tanto, cabe concluir que el amparado no cumple con las exigencias establecidas en el numeral 3 del artículo 2 del Decreto Ley 321. Así las cosas, la resolución impugnada a través del presente arbitrio, no es ilegal. Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 19 y 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre la materia, se rechaza, la acción de amparo deducida en favor de Francisco Alejandro Gatica Rodríguez en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso. Acordada, desechada que fue la indicación previa del Ministro Sr. Pablo Droppelmann Cuneo, quien estuvo por rechazar el presente arbitrio, teniendo únicamente presente que la acción deducida no resulta idónea para revisar el mérito de lo resuelto por la Comisión de Libertad Condicional, en cuanto a la apreciación de los avances en el proceso de reinserción social del amparado, toda vez que refleja un juicio de ponderación sobre aspectos de fondo; correspondiendo únicamente verificar, por esta vía, el cumplimiento de los requisitos objetivos establecidos en el DL N321 y su reglamento, cuya infracción no se denuncia en la especie. Acordada, con voto en contra de la Fiscal Judicial, Sra. Jacqueline Rose Nash Álvarez, estuvo por acoger el presente arbitrio, considerando el informe de Gendarmería que detalla factores de apoyo familiar, estado conductual contemplativo tendiente a la acción y el tiempo restante de la condena. Regístrese, comuníquese
Texto Completo (Preview)
Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, diez de noviembre de dos mil veinticinco. Vistos: A folio 1, Marcia Vega Moreno, abogada, Defensora Penal Pública Penitenciaria deduce acción de amparo en favor de Francisco Alejandro Gatica Rodríguez, chileno en contra de la Comisión de la Libertad Condicional de Valparaíso, por el acto que considera ilegal, consistente en la Resolución Ord. N°1474-2025 de 15 de
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