FORUM SERVICIOS FINANCIEROS S.A/MUÑOZ
Rol
Fecha
10 de noviembre de 2025
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo únicamente presente: Que el examen de la documentación acompañada como sustento de la demanda debe ajustarse a lo dispuesto en los artículos 441 y 442 del Código de Procedimiento Civil y, en el caso en estudio, el juez a quo se excedió en las facultades que dichas normas le reconocen, desde que realiza un análisis de fondo impertinente a esta etapa procesal. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo que prevén los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución de fecha once de junio de dos mil veinticinco, dictada por el 20° Juzgado Civil de Santiago, en causa Rol N° C-7998-2025 y, en su lugar se decide que el señor juez a quo deberá dar curso a la demanda como en derecho corresponde. Comuníquese. N°Civil-11027-2025.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo que prevén los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución de fecha once de junio de dos mil veinticinco, dictada por el 20° Juzgado Civil de Santiago, en causa Rol N° C-7998-2025 y, en su lugar se decide que el señor juez a quo deberá dar curso a la demanda como en derecho corresponde. Comuníquese. N°Civil-11027-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diez de noviembre de dos mil veinticinco. Al folio N° 9: téngase presente. Vistos y teniendo únicamente presente: Que el examen de la documentación acompañada como sustento de la demanda debe ajustarse a lo dispuesto en los artículos 441 y 442 del Código de Procedimiento Civil y, en el caso en estudio, el juez a quo se excedió en las facultades que dichas normas le reco
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica