1° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

RUIZ/NALCO INDUSTRIAL SERVICES CHILE LIMITADA

Rol

Fecha

10 de noviembre de 2025

Materia

DESPIDO INJUSTIFICADO

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Por sentencia dictada el dos de septiembre de dos mil veinticuatro, en causa RIT O-7988-2023, seguida ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se resolvió acoger demanda, interpuesta por Ronny Lenil Ruiz Resplandor, solo en cuanto se declara que el despido del que fue objeto fue indebido y se condena a la demandada Nalco Industrial Services Ltda. al pago de indemnizaciones por años de servicio y sustitutiva de aviso previo, más recargo legal, sin costas. Contra dicho fallo recurrió la demandada invocando la causal de nulidad del artículo 478 letra c) del Código del Trabajo, esto es, cuando sea necesaria la alteración de la calificación jurídica de los hechos, sin modificar las conclusiones fácticas del tribunal inferior, respecto a la configuración de las causales de despido invocadas.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la demandada ha deducido la causal del artículo 478 letra c) del Código del Trabajo, sobre la base de una errónea calificación de los hechos que fundaron las causales de despido invocadas. Señala que las causales legales de despido se tuvieron por no acreditadas debido a una errada calificación jurídica de la gravedad de los hechos establecidos. Expresa que el

Fallo

se declara que el despido del que fue objeto fue indebido y se condena a la demandada Nalco Industrial Services Ltda. al pago de indemnizaciones por años de servicio y sustitutiva de aviso previo, más recargo legal, sin costas. Contra dicho fallo recurrió la demandada invocando la causal de nulidad del artículo 478 letra c) del Código del Trabajo, esto es, cuando sea necesaria la alteración de la calificación jurídica de los hechos, sin modificar las conclusiones fácticas del tribunal inferior, respecto a la configuración de las causales de despido invocadas. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la demandada ha deducido la causal del artículo 478 letra c) del Código del Trabajo, sobre la base de una errónea calificación de los hechos que fundaron las causales de despido invocadas. Señala que las causales legales de despido se tuvieron por no acreditadas debido a una errada calificación jurídica de la gravedad de los hechos establecidos. Expresa que el fallo decide que el incumplimiento no posee la gravedad suficiente, basándose en el número de boletas ("solo 5 boletas") y el monto ($167.512), además de considerar que la intencionalidad "no fue demostrada". Afirma que la sentenciadora no cuestiona los dichos del testigo del actor, el señor Camacho, quien tenía un juicio pendiente con la demandada por hechos muy similares, por lo que debió restarle valor a su declaración. Sostiene que es errada la minimización de la gravedad basada en el monto, ya que la duplicación de cobros tenía

Texto Completo (Preview)

Santiago, diez de noviembre de dos mil veinticinco. VISTOS: Por sentencia dictada el dos de septiembre de dos mil veinticuatro, en causa RIT O-7988-2023, seguida ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se resolvió acoger demanda, interpuesta por Ronny Lenil Ruiz Resplandor, solo en cuanto se declara que el despido del que fue objeto fue indebido y se condena a la demandada Nalco

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