ANONIMIZADO
Rol
Fecha
10 de noviembre de 2025
Materia
DIVORCIO DE COMUN ACUERDO
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente que a folio 9 del expediente de primera instancia la parte recurrente adjunta una serie de correos electrónicos enviados al Ministro de Fe del tribunal a quo, con la finalidad de autorizar la firma de los testigos, en que consta en su página 5 respuesta del referido indicándole que se conectara sin respuesta, y
Fundamentos
considerando que, tal como razonó la jueza a quo, existían además otras opciones para efectuar la requerida diligencia, y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, se confirma, la resolución apelada de veintiséis de agosto...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, diez de noviembre de dos mil veinticinco. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente que a folio 9 del expediente de primera instancia la parte recurrente adjunta una serie de correos electrónicos enviados al Ministro de Fe del tribunal a quo, con la finalidad de autorizar la firma de los testigos, en que consta en su página 5 respuesta del referid
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