SIN INFORMACION

LUCKENSON KERVIL LADOUCEUR /SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

10 de noviembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA.-

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Hechos

Visto: A folio 1, se recurre de amparo en favor de Luckenson Kervil Ladouceur, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones por la dictación de la Resolución Exenta N° 25081332 de 14 de febrero de 2025, dictada por el, mediante la cual se rechaza su solicitud de residencia definitiva y se dispone el abandono del país en un plazo de 10 días. Actuación que considera ilegal y arbitraria, ya que el amparado no fue debidamente notificado del previo rechazo ni se le otorgó la posibilidad de subsanar la omisión documental requerida, vulnerando con ello el derecho a la libertad personal y seguridad individual consagrado en el artículo 19 N° 7 letra a) de la Constitución Política de la República, así como el interés superior del niño respecto de su hija chilena de 8 años, por lo que solicitan dejar sin efecto dicha resolución y ordenar al Servicio Nacional de Migraciones proceder a una nueva revisión documental. En cuanto a los antecedentes fácticos, expone que Luckenson Kervil Ladouceur, estando dentro del país, cambió su condición migratoria a residente temporario y posteriormente, el 13 de enero de 2023, solicitó residencia definitiva en virtud del vencimiento de su visado. El 14 de febrero de 2025, fue notificado de la Resolución Exenta N° 25081332 que rechazó su solicitud de residencia definitiva, fundándose en que no remitió copia de la sanción por residir en el país con el permiso de residencia vencido, requisito exigido para otorgar el permiso solicitado. Afirman que, el amparado jamás fue notificado de previo rechazo, vulnerándose el artículo 31 de la Ley N°19.880, sin solicitar más documentación. Además, señalan que no se realizó requerimiento alguno en la fecha indicada por la resolución de 23 de julio de 2024. No obstante, al tomar conocimiento de la resolución recurrida, el amparado procedió a pagar la multa correspondiente el 24 de septiembre de 2025, previo a la interposición del recurso, cumpliendo así con todos los requisitos leg

Fundamentos

motivos del rechazo, toda vez que no realizó el pago de la multa por residencia irregular dentro del plazo otorgado, se dictó la Resolución Exenta N°24589855 de fecha 20 de diciembre de 2024, que rechazó la solicitud y dispuso el abandono del país en el plazo de 10 días. Destaca que no consta en los registros que el amparado haya presentado recurso administrativo alguno contra la medida adoptada, recursos que le fueron expresamente reservados. Finalmente, señala que el comprobante de pago acompañado por el amparado data del 24 de septiembre de 2025, con notoria posterioridad a la dictación de la resolución impugnada, configurándose un actuar extemporáneo que contraviene las condiciones establecidas por la autoridad. Concluye que no ha existido acto u omisión ilegal o arbitrario que haya privado, perturbado o amenazado las garantías constitucionales del recurrente, toda vez que todas las actuaciones fueron llevadas a cabo según las normas especiales del procedimiento migratorio y aplicando supletoriamente las disposiciones de la Ley N°19.880.

Fallo

Por estas razones, solicitan que se acoja el presente recurso y, en su mérito, se ordene dejar sin efecto la Resolución Exenta N° 25081332 de fecha 14 de febrero de 2025, instruyendo al Servicio Nacional de Migraciones proceder a una nueva revisión documental y decidir conforme a derecho su solicitud de residencia definitiva. Para acreditar sus alegaciones, adjuntó los siguientes documentos: 1) Cédula de identidad para extranjeros del amparado; 2) Resolución Exenta N° 25081332 de fecha 14 de febrero de 2025; 3) Comprobante de pago de multa; 4) Resolución que aplica multa; 5) Contrato de trabajo; 6) Certificado de cotizaciones AFP; 7) Certificado de antecedentes penales de Chile; 8) Certificado de antecedentes penales de Haití; 9) Cédulas de identidad de vínculos familiares; y 10) Certificado de nacimiento de vínculo familiar. A folio 8, evacua informe la Dirección Regional de Valparaíso del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo en todas sus partes de la acción constitucional de amparo interpuesta, por no configurarse los presupuestos constitucionales ni legales para su interposición. En cuanto a los antecedentes fácticos, la recurrida expone que el 13 de enero de 2023 el amparado solicitó ante el Servicio el beneficio de residencia definitiva mediante Trámite ID N° 60310183, encontrándose en situación irregular dado que su permiso de residencia anterior venció el 25 de febrero de 2022. Mediante comunicación electrónica N° 61979888 de 23 de julio de 2024,

Texto Completo (Preview)

I.C.A. de Valparaíso. Valparaíso, diez de noviembre de dos mil veinticinco. Visto: A folio 1, se recurre de amparo en favor de Luckenson Kervil Ladouceur, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones por la dictación de la Resolución Exenta N° 25081332 de 14 de febrero de 2025, dictada por el, mediante la cual se rechaza su solicitud de residencia definitiva y se disp

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