15B0 JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

MP C/ INES DE LOS ANGELES SOTO REINOSO

Rol

Fecha

8 de noviembre de 2025

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Primero: Que, no habiéndose controvertido los presupuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, corresponde hacerse cargo de la letra c) de la misma norma, estimando esta Corte que la libertad de la imputada constituye, por ahora, un peligro para la seguridad de la sociedad, atendida la forma de comisión del delito por el que se ha formalizado a la imputada, el bien jurídico vulnerado, la significativa y diversa clase de droga que fue habida en el domicilio en que se encontraba la imputada, quien fue sorprendida contando una significativa cantidad de dinero, que da cuenta de la existencia de transacciones pretéritas. Segundo: Que, en cuanto a las alegaciones de la defensa, en orden a sostener una eventual recalificación al delito de tráfico de pequeñas cantidades de drogas, ello debe ser una cuestión que se resuelva en la sede del juicio correspondiente. Además, por ahora no se encuentran acreditados ni los diagnósticos médicos invocados por la defensa ni la circunstancia de ser la imputada la cuidadora de su madre e hijos. Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 140 a 155 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de siete de noviembre de dos mil veinticinco, dictada por 15° Juzgado de Garantía de Santiago, mediante la cual no hizo lugar a la petición del Ministerio Público, y se declara que se decreta la prisión preventiva de la imputada Inés de los Ángeles Soto Reinoso por estimarse su libertad un peligro para la seguridad de la sociedad. Comuníquese vía interconexión. N° 3720-2025 Penal

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 140 a 155 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de siete de noviembre de dos mil veinticinco, dictada por 15° Juzgado de Garantía de Santiago, mediante la cual no hizo lugar a la petición del Ministerio Público, y se declara que se decreta la prisión preventiva de la imputada Inés de los Ángeles Soto Reinoso por estimarse su libertad un peligro para la seguridad de la sociedad. Comuníquese vía interconexión. N° 3720-2025 Penal

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San Miguel, ocho de noviembre de dos mil veinticinco Sala: Tercera Sala Rol: 3720-2025 Penal RIT: 4502-2025 15° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO Relator: Marcela Labra Todorovich Casatulado: MP.C/ INES DE LOS ANGELES SOTO REINOSO Tipo de recurso: apelación cautelar personal Escritos resueltos en audiencia: 1. San Miguel, ocho de noviembre de dos mil veinticinco. Vistos y oídos los intervinientes:

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