ANONIMIZADO
Rol
Fecha
7 de noviembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Se reproduce la sentencia definitiva dictada por el Juzgado de Familia de Tomé, con fecha veintinueve de enero de dos mil veinticinco, con excepción del
Fundamentos
considerando Octavo que se elimina. Y teniendo además presente: Primero: Que, en lo que respecta a la relación directa y regular solicitada por el demandante [MIGUEL], progenitor no custodio de la niña [MATILDE], es menester considerar que el padre o madre que no tenga el cuidado personal tiene el derecho y el deber de mantener con su hijo una relación directa y regular, lo que se ejercerá con la frecuencia y libertad que el juez estimare conveniente para el hijo. Dicho derecho...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción Concepción, siete de noviembre de dos mil veinticinco. Visto: Se reproduce la sentencia definitiva dictada por el Juzgado de Familia de Tomé, con fecha veintinueve de enero de dos mil veinticinco, con excepción del considerando Octavo que se elimina. Y teniendo además presente: Primero: Que, en lo que respecta a la relación directa y regular solicitada por el demandante [MIGUEL]
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