JORGE MANUEL VILLANUEVA PIZARRO E.I.R.L./BENAVIDES
Rol
Fecha
7 de noviembre de 2025
Materia
MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA
Resultado
INADMISIBLE (SALA)
Hechos
VISTO: Atendida la naturaleza de la resolución recurrida, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara INADMISIBLE, por improcedente, el recurso de apelación subsidiario deducido por la parte demandante el 4 de agosto de 2025 (folio 4 del cuaderno 5.- incidente de nulidad de lo obrado), en contra de la resolución de 31 de julio del mismo año (folio 35 del cuaderno principal), inserta en causa ROL C-65-2025, del Juzgado de Letras y Garantía de Licantén. Devuélvase. Rol N° 1600-2025/Civil. /cll
Fallo
se declara INADMISIBLE, por improcedente, el recurso de apelación subsidiario deducido por la parte demandante el 4 de agosto de 2025 (folio 4 del cuaderno 5.- incidente de nulidad de lo obrado), en contra de la resolución de 31 de julio del mismo año (folio 35 del cuaderno principal), inserta en causa ROL C-65-2025, del Juzgado de Letras y Garantía de Licantén. Devuélvase. Rol N° 1600-2025/Civil. /cll
Texto Completo (Preview)
Talca, siete de noviembre de dos mil veinticinco. A la cuenta ordenada a folio 3: VISTO: Atendida la naturaleza de la resolución recurrida, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara INADMISIBLE, por improcedente, el recurso de apelación subsidiario deducido por la parte demandante el 4 de agosto de 2025 (folio 4 del cuaderno 5.-
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