SIN INFORMACION

/PAREDES

Rol

Fecha

7 de noviembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: 1. A folio 1 Victoria Soto Barrientos, abogada, comparece en nombre de José Ricardo Pérez Andrade, imputado en causa rit 5114 de ingreso del Juzgado de Garantía de Osorno y deduce acción constitucional de amparo contra la resolución de 28 de octubre de 2025 que dispuso su internación provisional. Indicó que en la oportunidad indicada el Ministerio Público de Osorno presentó a audiencia de control de detención al amparado porque supuestamente, con fecha 27 de octubre de 2025, habría cometido un delito de amenazas simples y que tras ser declarada legal la detención, la defensa solicitó se suspendiera la persecución penal conforme al art. 458 del Código Procesal Penal, por existir antecedentes calificados que hacen presumir la inimputabilidad del amparado, a lo cual el tribunal accedió no obstante lo cual y a pesar de no contar en dicha audiencia el amparado Pérez Andrade con un curador ad litem que lo represente, el magistrado Sr. Pedro Paredes Peña, permitió que el Ministerio Público formalizase investigación por el delito de amenazas simples y decretó posteriormente la medida cautelar de internación provisional. Indicó que de esta forma el recurrido dictó medidas cautelares sin la presencia del curador ad litem que mandata el art. 459 del CPP con lo cual se perturba ilegal y arbitrariamente la libertad personal del amparado. Pretende se ordene la inmediata libertad del amparado y el alzamiento de la medida cautelar de internación provisional dictada por el Juzgado de Garantía de Osorno 2. A folio 6 don Pedro Paredes Peña indicó que la alegación de la defensa se estructura, esencialmente, en estimar que la decisión de la internación provisional es ilegal al haberse pronunciado sin que el Sr. Pérez Andrade tenga un curador ad litem; no habiéndose extendido a aspectos de fondo o de necesidad de la cautelar en cuestión. Señaló que de la vinculación de los arts. 458 y 464 no aparece como regla de admisibilidad de la internación provisional que el imputado, en

Fundamentos

motivos expuestos y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia; Se rechaza la acción constitucional de amparo interpuesta a folio 1 en favor de José Ricardo Pérez Andrade. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-406-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia Valdivia, siete de noviembre de dos mil veinticinco. Visto: 1. A folio 1 Victoria Soto Barrientos, abogada, comparece en nombre de José Ricardo Pérez Andrade, imputado en causa rit 5114 de ingreso del Juzgado de Garantía de Osorno y deduce acción constitucional de amparo contra la resolución de 28 de octubre de 2025 que dispuso su internación provisional. Indicó que en la oportu

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