JUZGADO DE GARANTIA DE PUENTE ALTO

MP. C/ DARÍO ALEJANDRO RUIZ ÁVILA.

Rol

Fecha

7 de noviembre de 2025

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Que, no habiéndose controvertido las exigencias de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, cabe señalar que, en cuanto a la necesidad de cautela, no se han aportado nuevos antecedentes que hagan variar las circunstancias tenidas a la vista al momento de decretarse la prisión preventiva del imputado. En efecto, no constituye la irreprochable conducta anterior del encausado un antecedente hasta ahora desconocido ni tampoco el mero paso del tiempo un elemento calificado que permita hacer variar, en este estadio procesal, las circunstancias que se tuvieron en vista al momento de decretar la prisión preventiva. Además, no hay constancia de que se haya acordado un procedimiento abreviado, el que entonces, no pasa de ser una mera posibilidad, aún no concretada. Por estas consideraciones, atendida la gravedad de la pena asignada a los delitos imputados, los bienes jurídicos tutelados, la sanción legal probable y su eventual forma de cumplimiento y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 140 a 155 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de cuatro de noviembre de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, que mantuvo la prisión preventiva de Darío Ruiz Ávila- Comuníquese vía interconexión. N° 3696-2025 Penal

Fallo

Por estas consideraciones, atendida la gravedad de la pena asignada a los delitos imputados, los bienes jurídicos tutelados, la sanción legal probable y su eventual forma de cumplimiento y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 140 a 155 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de cuatro de noviembre de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, que mantuvo la prisión preventiva de Darío Ruiz Ávila- Comuníquese vía interconexión. N° 3696-2025 Penal

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San Miguel, siete de noviembre de dos mil veinticinco Sala: Tercera Sala Rol: 3696-2025 Penal RIT: 10413-2024 JUZGADO DE GARANTÍA DE PUENTE ALTO Relator: Carolina Picon Pertuiset Casatulado: MP.C/ DARÍO ALEJANDRO RUIZ ÁVILA. Tipo de recurso: apelación cautelar personal Escritos resueltos en audiencia: 2 San Miguel, siete de noviembre de dos mil veinticinco. Vistos y oídos los intervinientes: Que,

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