JUZGADO DE GARANTIA DE ARICA

MIN. PUBLICO ARICA C/ ANDREA MAMANI PAREJO

Rol

Fecha

7 de noviembre de 2025

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrado, de los cuales se desprende que, en el presente caso, concurren todos y cada uno de los requisitos que señala el artículo 140 del Código Procesal Penal. Los dos primeros, no han sido debatidos derechamente en la presente causa. Respecto a la letra c) se estima que la libertad de la imputada, constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, teniendo en cuenta la gravedad de la pena asignada al hecho punible en comento y, por existir peligro de fuga, lo que se deriva de su conducta, al ser sorprendida con sustancia nociva en su poder y la procedencia de la imputada, ingresando de manera irregular al país dentro de la misma dinámica delictiva, SE CONFIRMA la resolución de veintinueve de octubre del año dos mil veinticinco, que decretó la prisión preventiva de la imputada Andrea Mamani Parejo. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 781-2025 Penal. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la vista de la causa. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia.

Fallo

Se declara admisible el recurso de apelación elevado al conocimiento de este Tribunal de Alzada en folio 1. Previa deliberación se ha resuelto lo siguiente: VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrado, de los cuales se desprende que, en el presente caso, concurren todos y cada uno de los requisitos que señala el artículo 140 del Código Procesal Penal. Los dos primeros, no han sido debatidos derechamente en la presente causa. Respecto a la letra c) se estima que la libertad de la imputada, constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, teniendo en cuenta la gravedad de la pena asignada al hecho punible en comento y, por existir peligro de fuga, lo que se deriva de su conducta, al ser sorprendida con sustancia nociva en su poder y la procedencia de la imputada, ingresando de manera irregular al país dentro de la misma dinámica delictiva, SE CONFIRMA la resolución de veintinueve de octubre del año dos mil veinticinco, que decretó la prisión preventiva de la imputada Andrea Mamani Parejo. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 781-2025 Penal. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la vista de la causa. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia.

Texto Completo (Preview)

Corte de Apelaciones de Arica. Arica, siete de noviembre de dos mil veinticinco. Sala: Segunda Rol: 781-2025 Penal Ruc: 2501538761-3 RIT: 7792-2025 Tribunal: Juzgado de Garantía de Arica Integrantes: ministro señor Pablo Zavala Fernández, ministra señora Nora Bahamondes Acevedo y abogado integrante señor Alexis Mondaca Miranda Relator (a): Julio Jáuregui Medina Digitador (a): Muriel Teja

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