MARCO ANTONIO ASTUDILLO FLORES/ PRIMER JUZGADO DE LETRAS DE SAN BERNARDO
Rol
Fecha
7 de noviembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Marco Antonio Astudillo Flores, domiciliado en Alcalde Pedro Alarcón N° 1037, departamento 708, Torre A, comuna de San Miguel, e interpone recurso de amparo en contra del Primer Juzgado de Letras de San Bernardo por estimar que han vulnerado sus derechos fundamentales de libertad personal y seguridad individual. Explica que cumplió condena de 13 años de presidio, y desde hace más de 20 años se encuentra completamente reinsertado en la sociedad, desempeñándose como maestro mueblista. Dada esa situación tiene interés en regularizar sus antecedentes penales, eliminándolos para lograr acceder a trabajos formales donde se los han solicitado, ya que ha perdido dos oportunidades por no poder presentar su certificado de antecedentes sin anotaciones. Sostiene que en reiteradas oportunidades ha concurrido al recurrido tribunal y su atención ha sido negligente, le señalaron que su causa no estaba disponible, luego que debía buscarla en el archivo judicial y posteriormente que debía iniciar todo el trámite de nuevo, además de entregarle información contradictoria, ya que le informaron que le llegarían antecedentes por mail y luego le dijeron que no sería sí y que debía volver al tribunal personalmente. Sostiene que reclamó y le dijeron que no podía cuestionar al tribunal lo que estima constituye una vulneración de su derecho a acceso a la justicia y de petición ante la autoridad. Indica que todo esto afecta su derecho a reinsertarse de manera completa a la sociedad, que es un acto arbitrario e ilegal. Solicita a esta corte que se adopten las medidas necesarias para que se regularice su situación y sin más dilación le entregue la documentación requerida con el objeto de obtener su certificado de antecedentes y acceder a un trabajo digno y que se adopten las medidas necesarias para evitar la vulneración de sus derechos fundamentales. Segundo: Que informa don Sergio Raúl Vial López, juez del 1° Juzgado de Letras de San Bernar
Fundamentos
considerando anterior el recurso de amparo busca revisar actuaciones ilegales y arbitrarias que afecten la libertad personal o la seguridad individual y en este caso, de acuerdo con los antecedentes informados, respecto de la primera causa, esto es la Rol N° 75.103-1992, donde se encuentran acumuladas 26 causas y el recurrente fue condenado a una pena única de 13 años, se informó por el tribunal recurrido que en ella se dispuso, en junio de este año, certificar lo pertinente respecto del término de causa, sin que hasta la fecha se haya cumplido dicha diligencia. Respecto de la segunda causa, esto es la Rol N°64.575-1990, en la que fue condenado a tres penas de 541 días, se observa la excesiva dilación por parte del tribunal en la realización de las diversas gestiones para ordenar el certificado de término de causa, solicitado en febrero de este año, o, en su defecto la resolución que en derecho corresponda en atención al tiempo transcurrido desde la imposición de las penas al actor. Séptimo: Que lo anterior evidencia un actuar ilegal por parte del tribunal al evidenciarse una excesiva tardanza en la tramitación y conclusión de lo solicitado por el amparado.
Fallo
Por estas consideraciones y de acuerdo, también, con lo preceptuado en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge el recurso de amparo interpuesto por Marco Antonio Astudillo Flores, en contra del Primer Juzgado de Letras de San Bernardo y se dispone que en el plazo de 24 horas deberá emitirse la certificación que corresponda, que se encuentra ordenada desde junio de este año en causa rol N°75103-1992. Asimismo, el tribunal, dentro del mismo plazo dictará la resolución que en derecho corresponda respecto de la vigencia de las penas impuestas en la causa Rol 64.575-1990, debiendo considerar al respecto el informe de la Policía de Investigaciones que se adjunta, y, hecho, se pronunciará como en derecho corresponda a la solicitud de Certificación de Término de Causa. El tribunal deberá informar a esta Corte acerca de la realización efectiva de las gestiones dispuestas. Regístrese, comuníquese por la vía más rápida y archívese en su oportunidad. Rol N°1424-2025 Amparo.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, siete de noviembre de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Marco Antonio Astudillo Flores, domiciliado en Alcalde Pedro Alarcón N° 1037, departamento 708, Torre A, comuna de San Miguel, e interpone recurso de amparo en contra del Primer Juzgado de Letras de San Bernardo por estimar que han vulnerado sus derechos fundamentales de libertad personal y s
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