CAR S.A./LEAL
Rol
Fecha
7 de noviembre de 2025
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, que lo resuelto por la juez a quo excede los límites del examen preceptuado en los artículos 441 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 186 del mismo cuerpo legal, se revoca la resolución apelada de siete de octubre de dos mil veinticinco, dictada a folio N°6 por el Primer Juzgado de Letras de San Antonio, y en su lugar se dispone que se deberá dar curso a la demanda ejecutiva como en derecho corresponda. Devuélvase. N° Civil-3293-2025
Texto Completo (Preview)
I.C.A. de Valparaíso. Cgv Valparaíso, a siete de noviembre de dos mil veinticinco. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, que lo resuelto por la juez a quo excede los límites del examen preceptuado en los artículos 441 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 186 del mismo cuerpo legal, se revoca la resolución apelada de siete de oct
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