ESPEJO PEÑAFIEL, RICARDO ANDRÉS/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
6 de noviembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y considerando. Primero. Que la abogada Bárbara Abarca Villarroel, en representación de Ricardo Andrés Espejo Peñafiel, quien cumple condena en el Complejo Penitenciario de esta ciudad, recurre de amparo en contra de la Comisión de Libertad, por haber dictado resolución de 14 de octubre pasado, que rechaza su postulación al beneficio, requiriendo su revocación y, en consecuencia, le sea concedido. Expone que su representado cumple condena por el delito de tenencia de arma de fuego y tráfico de drogas, cumpliendo con el tiempo mínimo de postulación, siendo rechazada su postulación por riesgo de reincidencia, conforme concluyó su informe psicosocial, el que fue considerado un antecedente calificado al efecto, donde se indicó que tiene un riesgo alto de reincidencia, no posee desarrollada conciencia de la gravedad del delito, del mal causado, ni tiene un rechazo explícito a delitos futuros. Sostiene que esta decisión es ilegal, en cuanto infringe el deber de motivación del acto administrativo, y desconoce que el interno ha participado en talleres de asociación a pares infractores de ley, con asistencia completa y buena calificación, carece de conflicto con sus pares, completó taller identidad delictual, aprobando, mas se indicó que no habría aprendido los aspectos evaluados, lo que tampoco ocurrió con el taller de bajo umbral, sin perjuicio de presentar adecuada asistencia; y que ha completado talleres de formación para el trabajo y gastronomía, aprobados, lo que fue desconocido por la recurrida, así como también ocurrió con el taller de manejo de emociones y deportivos. Agrega que el interno se arrepiente de los delitos que cometió y que no volvería a cometerlos, debiendo fundar la Comisión la conclusión de negar el beneficio y justificar la negativa a cumplir el saldo de condena en libertad. Conforme lo expuesto, pide que se deje sin efecto la resolución impugnada y se conceda al amparado la libertad condicional. Segundo. Que el informe requerido fue evac
Fundamentos
considerando que su participación en talleres de reinserción no fue satisfactoria, sin que internalizara las competencias que le fueran otorgadas y que subsisten como factores pendientes para su reinserción y, en consecuencia, para habilitar el cumplimiento del saldo de su condena en el medio libre. Séptimo. Que, debido a las consideraciones precedentes, apareciendo que la decisión denegatoria de la Comisión de Libertad Condicional fue tomada dentro de sus atribuciones legales, conforme al mérito de los antecedentes y apareciendo debidamente fundamentada, y no existiendo
Fallo
por tanto acto ilegal, no cabe a esta Corte sino desestimar el arbitrio deducido, como se dirá en lo resolutivo. Por los motivos expuestos, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto en favor de Ricardo Andrés Espejo Peñafiel en contra de la Comisión de Libertad Condicional, correspondiente al segundo semestre de 2025. Comuníquese, regístrese y, en su oportunidad, archívese. Rol Amparo No.651-2025.
Texto Completo (Preview)
Espejo Peñafiel Ricardo Andrés Comisión de Libertad Condicional Recurso de amparo Rol No.651-2025 La Serena, seis de noviembre de dos mil veinticinco. Visto y considerando. Primero. Que la abogada Bárbara Abarca Villarroel, en representación de Ricardo Andrés Espejo Peñafiel, quien cumple condena en el Complejo Penitenciario de esta ciudad, recurre de amparo en contra de la Comisión de Libertad,
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