1° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

DÍAZ/EXPENSE REDUCTION ANALYSTS CHILE S.A.

Rol

Fecha

6 de noviembre de 2025

Materia

SUBTERFUGIO

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Por sentencia dictada el veintitrés de agosto de dos mil veinticuatro, en causa RIT O-633-2024, seguida ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se resolvió acoger parcialmente la demanda intentada por doña Celinda Díaz, en contra de Caribbean EPC Agencia en Chile SpA, rechazando la acción de unidad económica interpuesta. Contra dicho fallo recurrió la parte demandante, únicamente respecto del rechazo de la acción por unidad económica, invocando la causal de nulidad del artículo 478, letra b), esto es, cuando la sentencia haya sido pronunciada con infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba, conforme las reglas de la sana crítica, en particular, el principio de razón suficiente. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento en la audiencia respectiva, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes. Y

Fundamentos

considerando: PRIMERO: Comparece la parte demandante, quien interpone recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva dictada el 23 de agosto de 2024 por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, únicamente a aquella parte de la sentencia que rechazó la declaración de unidad económica entre las demandadas Caribbean EPC Agencia en Chile SpA. y Expense Reduction Analysts Chile S.A. Funda el recurso en la causal establecida en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, en relación con el artículo 456 del mismo cuerpo legal. Esto es, por haberse pronunciado la sentencia con infracción manifiesta de las normas sobre apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica y el principio de razón suficiente. El recurso sostiene que la sentencia impugnada ha desconocido el principio señalado, en particular en el considerando undécimo, donde se rechaza la unidad económica pese a que la prueba documental y testimonial incorporada permitía concluir lo contrario. A juicio del recurrente, el juez valoró de forma indebida la evidencia y omitió extraer conclusiones racionales que se desprendían de ella. Insiste en que las inferencias derivadas de las pruebas documentales y testimoniales aportadas eran claras, coherentes y concatenadas, lo que obligaba al tribunal a reconocer la existencia de unidad económica. Sin embargo, al omitir esta valoración racional, el

Fallo

fallo recurrió la parte demandante, únicamente respecto del rechazo de la acción por unidad económica, invocando la causal de nulidad del artículo 478, letra b), esto es, cuando la sentencia haya sido pronunciada con infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba, conforme las reglas de la sana crítica, en particular, el principio de razón suficiente. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento en la audiencia respectiva, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes. Y considerando: PRIMERO: Comparece la parte demandante, quien interpone recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva dictada el 23 de agosto de 2024 por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, únicamente a aquella parte de la sentencia que rechazó la declaración de unidad económica entre las demandadas Caribbean EPC Agencia en Chile SpA. y Expense Reduction Analysts Chile S.A. Funda el recurso en la causal establecida en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, en relación con el artículo 456 del mismo cuerpo legal. Esto es, por haberse pronunciado la sentencia con infracción manifiesta de las normas sobre apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica y el principio de razón suficiente. El recurso sostiene que la sentencia impugnada ha desconocido el principio señalado, en particular en el considerando undécimo, donde se rechaza la unidad económica pese a que la prueba documental y testimonial incorporada per

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Santiago, seis de noviembre de dos mil veinticinco. Vistos: Por sentencia dictada el veintitrés de agosto de dos mil veinticuatro, en causa RIT O-633-2024, seguida ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se resolvió acoger parcialmente la demanda intentada por doña Celinda Díaz, en contra de Caribbean EPC Agencia en Chile SpA, rechazando la acción de unidad económica interpuesta

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