JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE LA CISTERNA

ADOFACCI PROPIEDADES LIMITADA / POLIURETANOS POLCHILE LIMITADA

Rol

Fecha

6 de noviembre de 2025

Materia

INFRACCIÓN LEY SERVICIO NACIONAL DEL CONSUMIDOR

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: Advirtiendo, con la cuenta del señor relator, que el veintinueve de septiembre del año dos mil veintitrés se dictó sentencia definitiva por el Juzgado de Policía Local de La Cisterna la que se notificó a las partes a través de sus apoderados mediante correo electrónico el dieciséis de septiembre del año dos mil veinticuatro y que la parte demandante infraccional y demandante civil dedujo recurso de apelación el día veintiséis de septiembre del mismo año. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 18.287 el recurso de apelación debe interponerse en el plazo de cinco días contados desde la notificación de la parte que lo entabla. Que, en consecuencia, el recurso de apelación que da origen a este ingreso se interpuso en forma extemporánea, al sexto día de notificada la resolución. Y de conformidad con las facultades correctivas previstas en el artículo 84 del Código de Procedimiento Civil, se deja sin efecto la resolución dictada el pasado veintiocho de octubre, y se declara inadmisible el recurso de apelación deducido en contra de la sentencia definitiva de veintinueve de septiembre del año dos mil veintitrés dictada por el Juzgado de Policía Local de La Cisterna en los autos rol N°3.970-4-2022. Regístrese y devuélvase, en su oportunidad. Al folio 18: Estese a lo resuelto. Rol N°236-2025 Policía Local

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación deducido en contra de la sentencia definitiva de veintinueve de septiembre del año dos mil veintitrés dictada por el Juzgado de Policía Local de La Cisterna en los autos rol N°3.970-4-2022. Regístrese y devuélvase, en su oportunidad. Al folio 18: Estese a lo resuelto. Rol N°236-2025 Policía Local

Texto Completo (Preview)

San Miguel, seis de noviembre del año dos mil veinticinco. Vistos: Advirtiendo, con la cuenta del señor relator, que el veintinueve de septiembre del año dos mil veintitrés se dictó sentencia definitiva por el Juzgado de Policía Local de La Cisterna la que se notificó a las partes a través de sus apoderados mediante correo electrónico el dieciséis de septiembre del año dos mil veinticuatro y que

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