PROMOTORA CMR FALABELLA S.A./MARCHANT
Rol
Fecha
6 de noviembre de 2025
Materia
APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, en especial, que el transcurso del plazo establecido en el inciso cuarto del artículo 5 bis de la Ley N° 20.009, no contempla como sanción el tener por no presentada la demanda y que las sanciones procesales deben ser interpretadas restrictivamente, SE REVOCA, sin costas del recurso, la resolución apelada de veinticuatro de septiembre de dos mil veinticinco, escrita a fojas 26, dictada por el Tercer Juzgado de Policía Local de Concepción y, en su lugar, se decide que el juez no inhabilitado que corresponda dará curso al procedimiento fijando la audiencia solicitada. Devuélvase. N°Policia Local-467-2025.
Fallo
se decide que el juez no inhabilitado que corresponda dará curso al procedimiento fijando la audiencia solicitada. Devuélvase. N°Policia Local-467-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción SBCH/mfv Concepción, seis de noviembre de dos mil veinticinco. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, en especial, que el transcurso del plazo establecido en el inciso cuarto del artículo 5 bis de la Ley N° 20.009, no contempla como sanción el tener por no presentada la demanda y que las sanciones procesales deben ser interpretadas restrictivamente, SE REVOCA, sin cost
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