JUZGADO DE GARANTIA DE SAN CARLOS

MP C/ SEGUNDO IGNACIO MELIN RIFFO

Rol

Fecha

6 de noviembre de 2025

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Visto: 1°.- Que, la defensa de Segundo Ignacio Melin Riffo se ha alzado en contra de la resolución de treinta de octubre pasado, que negó lugar a su solicitud de sustitución de la cautelar prisión preventiva por otra de menor intensidad, alegando la calidad de cuidador de un adulto con discapacidad sumado a antecedentes de arraigo familiar y social. 2°.- Que, por su parte el Ministerio Público solicitó la confirmación de la resolución en alzada, por cuanto los antecedentes invocados por la defensa no bastan para hacer disminuir la necesidad de cautela. 3°.- Que, conforme al mérito de autos y las alegaciones vertidas en estrados por las intervinientes, se aprecia que los antecedentes aportados por la defensa no resultan bastantes para modificar la cautelar inicialmente impuesta, en consideración al número de delitos atribuidos y la forma de comisión, por lo que es del parecer de esta Corte que la seguridad de los ofendidos y de la sociedad, solo pueden garantizarse mediante la prisión preventiva. Por estas consideraciones, y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada. Téngase por notificados a los intervinientes, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. R.I.C N° Penal-906-2025.-

Fallo

Por estas consideraciones, y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada. Téngase por notificados a los intervinientes, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. R.I.C N° Penal-906-2025.-

Texto Completo (Preview)

C.A. Chillán mgab/cff Chillán, seis de noviembre de dos mil veinticinco. Visto: 1°.- Que, la defensa de Segundo Ignacio Melin Riffo se ha alzado en contra de la resolución de treinta de octubre pasado, que negó lugar a su solicitud de sustitución de la cautelar prisión preventiva por otra de menor intensidad, alegando la calidad de cuidador de un adulto con discapacidad sumado a antecedentes de a

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