GARCIA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
5 de noviembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INCOMPETENCIA
Hechos
VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo especialmente presente que la recurrente refiere tener su domicilio en “Subida San Bernardo N°217, Región de Valparaíso”, teniendo en consideración lo previsto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y artículos 55 y 63 numeral 2° letra b) del Código Orgánico de Tribunales, se declara que esta Corte es INCOMPETENTE para conocer y resolver el recurso deducido a favor de BRYAN JOSÉ GARCÍA RODRÍGUEZ debiendo remitirse, vía interconexión, los antecedentes a la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valparaíso, por estimarse que le corresponde el conocimiento y resolución de este asunto. Sirva la presente resolución de suficiente y atento oficio remisor. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol N°1332-2025/Amparo. EDA/eda
Fallo
se declara que esta Corte es INCOMPETENTE para conocer y resolver el recurso deducido a favor de BRYAN JOSÉ GARCÍA RODRÍGUEZ debiendo remitirse, vía interconexión, los antecedentes a la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valparaíso, por estimarse que le corresponde el conocimiento y resolución de este asunto. Sirva la presente resolución de suficiente y atento oficio remisor. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol N°1332-2025/Amparo. EDA/eda
Texto Completo (Preview)
Talca, cinco de noviembre de dos mil veinticinco. Resolviendo presentación de folio N°1: VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo especialmente presente que la recurrente refiere tener su domicilio en “Subida San Bernardo N°217, Región de Valparaíso”, teniendo en consideración lo previsto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y artículos 55 y 63 numeral 2°
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica