MINISTERIO PUBLICO C/ IGNACIO SEBASTIAN MIRA MANCILLA
Rol
Fecha
4 de noviembre de 2025
Materia
ABUSO SEXUAL DE MENOR DE 14 AÑOS.ART. 366 BIS.
Resultado
ABANDONADO RECURSO
Hechos
Vistos y teniendo presente: Atendido lo expresado por el señor Relator, ministro de fe para estos efectos y de conformidad a lo previsto en los artículos 223 bis inciso cuarto del Código de Procedimiento Civil y 52 y 358 del Código Procesal Penal, no habiendo comparecido el abogado recurrente a esta audiencia, se declara abandonado el recurso de nulidad deducido por la parte querellante en contra de la sentencia de veinticinco de agosto de dos mil veinticinco, dictada por el Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, sin costas del recurso. Comuníquese por la vía más rápida. Regístrese y devuélvase la competencia. N°Penal-5156-2025. Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Paula Rodríguez Fondón, conformada por el Ministro (I) señor Pablo Toledo González y el Abogado Integrante señor Jorge Benítez Urrutia. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, cuatro de noviembre de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Fallo
se declara abandonado el recurso de nulidad deducido por la parte querellante en contra de la sentencia de veinticinco de agosto de dos mil veinticinco, dictada por el Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, sin costas del recurso. Comuníquese por la vía más rápida. Regístrese y devuélvase la competencia. N°Penal-5156-2025. Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Paula Rodríguez Fondón, conformada por el Ministro (I) señor Pablo Toledo González y el Abogado Integrante señor Jorge Benítez Urrutia. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, cuatro de noviembre de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Dejo constancia que el abogado Felipe Uribe Paredes, recurrente de nulidad en representación de la parte querellante, no ha comparecido a estrados, para efectos de ejercer su derecho de alegar en favor de su recurso, habiendo sido enviadas las respectivas invitaciones para su conexión vía telemática al correo proporcionado en su escrito de anuncio, por otro lado sin obtener respue
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica