SIN INFORMACION

ATAU/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES ONES

Rol

Fecha

4 de noviembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que, comparece Pierre Miguel Atau Santiago, de nacionalidad peruana, quien deduce recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto arbitrario e ilegal consistente en la dictación de la Resolución Exenta N.º 25280703, emitida el 16 de mayo de 2025, mediante la cual se declara inadmisible la solicitud de residencia temporal de su cónyuge, doña ISABEL YOLANDA SALAS RAMÍREZ, y por la consecuente prohibición de ingreso al territorio nacional impuesta a esta última. Expone el recurrente que contrajo matrimonio con la señora Isabel Yolanda Salas Ramírez el 9 de junio de 2022. Señala que su esposa ingresó a Chile el 18 de enero de 2018 por una emergencia médica, razón por la cual su ingreso no fue registrado individualmente en el sistema migratorio, mientras que el de sus demás familiares sí lo fue, sin que existiera dolo o intención de eludir controles. Agrega que, posteriormente, su cónyuge intentó regularizar su situación conforme a la Ley N.º 21.325 y se empadronó voluntariamente bajo la Resolución Exenta N.º 27.896 de 13 de junio de 2023, cancelando los derechos correspondientes. Sin embargo, la solicitud de residencia temporal fue declarada inadmisible por la resolución impugnada, bajo el argumento de "ingreso por paso no habilitado", omitiendo valorar su buena fe, el contexto de salud, los pagos realizados y el empadronamiento. Asimismo, el recurrente precisa que su esposa salió legalmente de Chile el 12 de julio de 2024 por el Paso Fronterizo Los Libertadores, con su respectivo sello de egreso en el pasaporte, y que al intentar retornar al país el 15 de julio de 2024, por el mismo paso y vía terrestre, fue notificada verbalmente por la Policía de Investigaciones de Chile de una prohibición de ingreso al territorio nacional, sin fundamento suficiente ni motivación de riesgo a la seguridad pública, obligándola a permanecer fuera del país y provocando su separación forzosa. Sostiene que su cónyuge n

Fallo

se declara inadmisible la solicitud de residencia temporal de su cónyuge, doña ISABEL YOLANDA SALAS RAMÍREZ, y por la consecuente prohibición de ingreso al territorio nacional impuesta a esta última. Expone el recurrente que contrajo matrimonio con la señora Isabel Yolanda Salas Ramírez el 9 de junio de 2022. Señala que su esposa ingresó a Chile el 18 de enero de 2018 por una emergencia médica, razón por la cual su ingreso no fue registrado individualmente en el sistema migratorio, mientras que el de sus demás familiares sí lo fue, sin que existiera dolo o intención de eludir controles. Agrega que, posteriormente, su cónyuge intentó regularizar su situación conforme a la Ley N.º 21.325 y se empadronó voluntariamente bajo la Resolución Exenta N.º 27.896 de 13 de junio de 2023, cancelando los derechos correspondientes. Sin embargo, la solicitud de residencia temporal fue declarada inadmisible por la resolución impugnada, bajo el argumento de "ingreso por paso no habilitado", omitiendo valorar su buena fe, el contexto de salud, los pagos realizados y el empadronamiento. Asimismo, el recurrente precisa que su esposa salió legalmente de Chile el 12 de julio de 2024 por el Paso Fronterizo Los Libertadores, con su respectivo sello de egreso en el pasaporte, y que al intentar retornar al país el 15 de julio de 2024, por el mismo paso y vía terrestre, fue notificada verbalmente por la Policía de Investigaciones de Chile de una prohibición de ingreso al territorio nacional, sin funda

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C.A. de Santiago Santiago, cuatro de noviembre de dos mil veinticinco. Visto y teniendo presente: Primero: Que, comparece Pierre Miguel Atau Santiago, de nacionalidad peruana, quien deduce recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto arbitrario e ilegal consistente en la dictación de la Resolución Exenta N.º 25280703, emitida el 16 de mayo de 2025, mediante la

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