JUZGADO DE GARANTIA DE ANTOFAGASTA

MPA C/ CHRISTIAN VICENTE MONCADA TAPIA

Rol

Fecha

4 de noviembre de 2025

Materia

RECEPTACION DE VEHICULOS MOTORIZADOS

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes, compartiendo los argumentos del juez a quo y teniendo además presente que, sin perjuicio que no se discuten los presupuestos materiales, del mérito del parte policial y sus anexos, surgen presunciones fundadas de participación en el hecho materia de la formalización, y que la gravedad del hecho y el carácter del mismo, que da cuenta de una acción más coordinada del traslado de un vehículo robado para ser sacado del país, atendido el lugar de sustracción y el lugar de detención, lo que no se ve alterado por el transcurso del tiempo, en especial porque el mayor retardo de la investigación dice relación con diligencias propuestas por la defensa, no por falta de diligencia del Ministerio Público, lo que en todo caso ya no es relevante en tanto se encuentra cerrada la investigación, augurándose en consecuencia pronto término de la causa, que no existen antecedentes que permitan aseverar actualmente la existencia de una atenuante que haga desproporcionada la privación de libertad, en tanto si bien declaró el imputado, no existen antecedentes que se hayan aportado que sean relevantes para la causa, y que por último, el arraigo acreditado con el informe social no es suficiente para desvirtuar la necesidad de cautela, se confirmará la resolución en alzada. Y visto además lo dispuesto en los artículos 370 y siguientes del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución de fecha veintiocho de octubre de dos mil veinticinco, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado CHRISTIAN VICENTE MONCADA TAPIA. Rol 1041-2025 (Penal)

Texto Completo (Preview)

/jvz ACTA DE AUDIENCIA Antofagasta, a cuatro de noviembre de dos mil veinticinco, ante la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones, integrada por los Ministros Titulares Sra. Virginia Soublette Miranda, Sr. Juan Opazo Lagos y Sr. Jaime Rojas Mundaca, se llevó a efecto la audiencia para conocer el recurso de apelación deducido por el abogado defensor privado, en contra de la resolución dictada con

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