SOCIEDAD CONSTRUCTORA VALENCIA LTDA./I MUNICIPALIDAD DE CALAMA
Rol
Fecha
4 de noviembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: Atendidos los hechos que fundamentan la presente acción constitucional, los que no configuran los presupuestos necesarios para ser amparados por aquélla, teniendo en consideración que aquellos señalados por el recurrente, no dicen relación con una vulneración de Garantías Constitucionales, sino más bien, con una controversia de naturaleza administrativa-civil que debe ser resuelta previa a las probanzas correspondientes, sin que este recurso sea el medio idóneo para obtener las medidas solicitadas, pues la naturaleza propia de la acción constitucional de protección y el procedimiento inquisitivo dispuesto para su tramitación, constituye un arbitrio destinado a resolver situaciones en que los hechos esgrimidos y los derechos constitucionales que se dicen afectados son indubitados e indiscutidos, cuestión que no ocurre en la especie. Por tanto, no siendo el recurso de protección la vía idónea para resolver la cuestión planteada, sin perjuicio de las demás acciones administrativas o de lato conocimiento que pudieren ejercerse por quienes se estiman afectados. Por estas consideraciones se declara INADMISIBLE el recurso de protección interpuesto en contra de la Ilustre Municipalidad De Calama. Regístrese, comuníquese y, en su oportunidad, archívese. Rol 1990-2025 (Protección)
Fallo
Por tanto, no siendo el recurso de protección la vía idónea para resolver la cuestión planteada, sin perjuicio de las demás acciones administrativas o de lato conocimiento que pudieren ejercerse por quienes se estiman afectados. Por estas consideraciones se declara INADMISIBLE el recurso de protección interpuesto en contra de la Ilustre Municipalidad De Calama. Regístrese, comuníquese y, en su oportunidad, archívese. Rol 1990-2025 (Protección)
Texto Completo (Preview)
/emt Antofagasta, a cuatro de noviembre de dos mil veinticinco. A todo: Vistos: Atendidos los hechos que fundamentan la presente acción constitucional, los que no configuran los presupuestos necesarios para ser amparados por aquélla, teniendo en consideración que aquellos señalados por el recurrente, no dicen relación con una vulneración de Garantías Constitucionales, sino más bien, con una contr
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