3º JUZGADO CIVIL DE CONCEPCION

BANCO DEL ESTADO DE CHILE/SILVA

Rol

Fecha

4 de noviembre de 2025

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS: Atendido que el desistimiento de la acción ejecutiva con reserva de derechos para entablar la acción ordinaria, constituye el ejercicio de una prerrogativa contemplada en el artículo 467 del Código de Procedimiento Civil y contribuye a la economía procesal, unido al hecho que al momento de interponer la demanda el título ejecutivo no se encontraba prescrito, se revoca, en lo apelado y sin costas del recurso, la resolución de dos de abril de dos mil veinticinco, dictada por el Tercer Juzgado de Letras en lo Civil de Concepción, en los autos Rol C-2313-2023, en aquella parte que condenó al ejecutante a dicha carga procesal, y en su lugar se resuelve que se le exime de ellas. Devuélvase. N°Civil-2496-2025.

Fallo

se resuelve que se le exime de ellas. Devuélvase. N°Civil-2496-2025.

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C.A. de Concepción CCL/mfmm Concepción, cuatro de noviembre de dos mil veinticinco. VISTOS: Atendido que el desistimiento de la acción ejecutiva con reserva de derechos para entablar la acción ordinaria, constituye el ejercicio de una prerrogativa contemplada en el artículo 467 del Código de Procedimiento Civil y contribuye a la economía procesal, unido al hecho que al momento de interponer la de

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