JUZGADO DE GARANTIA DE GRANEROS

MP C/MAURICIO ANDRÉS DONOSO DONOSO

Rol

Fecha

4 de noviembre de 2025

Materia

POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS

Resultado

INADMISIBLE

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: 1º Que, el recurso que motiva la alzada en la presente causa, es el deducido verbalmente por el Ministerio Público en la audiencia celebrada el día 3 de noviembre último, respecto de la decisión del juez de garantía que mantuvo la prisión preventiva del imputado no obstante cambió la necesidad de cautela por peligro de fuga. 2º Que, al respecto, cabe precisar que el artículo 149 del Código Procesal Penal prescribe en lo pertinente que: “el imputado que hubiere sido puesto a disposición del tribunal en calidad de detenido o se encontrare en prisión preventiva no podrá ser puesto en libertad mientras no se encontrare ejecutoriada la resolución que negare, sustituyere o revocare la prisión preventiva. El recurso de apelación contra esta resolución deberá interponerse en la misma audiencia (…)”. 3º Que, en la especie, el juez de garantía accedió a la mantención de la prisión preventiva solicitada por el ente persecutor, pero fundada en el peligro de fuga del imputado y no en los términos que se había decretado originalmente, por lo que, en definitiva, se ha accedido a la pretensión del Ministerio Público en el sentido de mantener privado de libertad al imputado. 4º Que, así las cosas, no resulta aplicable el régimen excepcional de interposición verbal del recurso de apelación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, siendo inadmisible el recurso de apelación deducido por el Ministerio Público, el cual sólo procedería en una instancia posterior, esto es, en el evento que el tribunal del grado sustituyera efectivamente la prisión preventiva por una caución suficiente, lo que hasta el momento no ha ocurrido. 5º Que, atendido lo razonado en los

Fundamentos

motivos precedentes, se omitirá pronunciamiento respecto del fondo del asunto. Por lo anterior y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 149, 360 y siguientes del Código Procesal Penal,

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación verbal deducido por por el Ministerio Público en contra de la resolución de tres de noviembe de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de Graneros, en causa RIT O-309-2024, que decretó mantuvo la prision preventiva del imputado Mauricio Andrés Donoso Donoso, por peligro de fuga. Comuníquese y devuélvase. Rol Corte 1225-2025 Penal.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, cuatro de noviembre de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: 1º Que, el recurso que motiva la alzada en la presente causa, es el deducido verbalmente por el Ministerio Público en la audiencia celebrada el día 3 de noviembre último, respecto de la decisión del juez de garantía que mantuvo la prisión preventiva del imputado no obstante cambió la necesidad de ca

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica