SANDOVAL ABARCA HECTOR RENE/DIRECCION REGIONAL METROPOLITANA DE GENDARMERIA DE CHILE - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS (CRC)
Rol
Fecha
3 de noviembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Valeska Alejandra Orellana Córdova, abogada, quien interpone recurso de amparo en favor de Héctor René Sandoval Abarca, en contra de Gendarmería de Chile y de la Secretaría Regional Ministerial de Justicia, por el acto que considera ilegal consistente en incumplir el procedimiento previsto en la Ley N°19.856, impidiendo al amparado obtener el beneficio de reducción de condena, y vulnerando de este modo la garantía de libertad personal y seguridad individual que la Constitución Política de la República. Al respecto, expresa que el amparado cumple una pena de 10 años y 1 día de presidio mayor en su grado medio, como autor de un delito de abuso sexual reiterado y violación a menor de 14 años, impuesta en causa RUC N°1300752042-K, RIT N°3185–2015, del Juzgado de Garantía de San Bernardo. Refiere que inició su cumplimiento el 28 de noviembre de 2016, y que esta se extendería hasta el 29 de noviembre de 2026. Agrega el amparado que la Comisión de Rebaja de Condena lo ha calificado en 8 oportunidades con conducta sobresaliente. Por tanto, asevera, ha sido beneficiado con meses de reducción en su condena, cumpliendo su pena con los meses otorgados el día 29 de mayo de 2025. No obstante, afirma enseguida que, para estos fines, Gendarmería de Chile debió enviar con antelación los antecedentes a la Seremi de Justicia Regional Metropolitana y está a su vez al Ministerio de Justicia para la elaboración del Decreto en comento, según el procedimiento señalado en la Ley N°19.856, situación que en la especie y a la fecha de presentación del recurso no ha ocurrido. En cuanto al fondo, postula que el amparado se encuentra privado de libertad de manera ilegal, ya que ha cumplido su pena, y al tiempo del recurso, las recurridas no han tramitado el procedimiento respectivo, de modo que no se le ha dado información o explicación alguna. En tal sentido, identifica la ilegalidad que atribuye a las recurridas razonando que no han actuado
Fundamentos
considerando que concurría la causal de exclusión del artículo 17, letra e) de Ley N°19.856 "(…) revoca la sentencia apelada de veinticuatro de junio de dos mil veinticinco, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, en el Ingreso Corte N°2460-2025, y en su lugar
Fallo
Por tanto, asevera, ha sido beneficiado con meses de reducción en su condena, cumpliendo su pena con los meses otorgados el día 29 de mayo de 2025. No obstante, afirma enseguida que, para estos fines, Gendarmería de Chile debió enviar con antelación los antecedentes a la Seremi de Justicia Regional Metropolitana y está a su vez al Ministerio de Justicia para la elaboración del Decreto en comento, según el procedimiento señalado en la Ley N°19.856, situación que en la especie y a la fecha de presentación del recurso no ha ocurrido. En cuanto al fondo, postula que el amparado se encuentra privado de libertad de manera ilegal, ya que ha cumplido su pena, y al tiempo del recurso, las recurridas no han tramitado el procedimiento respectivo, de modo que no se le ha dado información o explicación alguna. En tal sentido, identifica la ilegalidad que atribuye a las recurridas razonando que no han actuado de acuerdo al procedimiento estipulado por la Ley N°19.856, infringiendo los plazos allí previstos y no dando cumplimiento a las notificaciones e informaciones que debían entregar al amparado. Finalmente, solicita que esta Corte de Apelaciones acoja el recurso “(…) adoptando todas las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del amparado, especialmente decretar la inmediata libertad de mi defendido y así poner término a la privación de libertad que ilegalmente está sufriendo mi representado”. SEGUNDO: Que evacúa el respectivo infor
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C.A. de Santiago Santiago, tres de noviembre de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Valeska Alejandra Orellana Córdova, abogada, quien interpone recurso de amparo en favor de Héctor René Sandoval Abarca, en contra de Gendarmería de Chile y de la Secretaría Regional Ministerial de Justicia, por el acto que considera ilegal consistente en incumplir el procedimien
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