ANONIMIZADO
Rol
Fecha
3 de noviembre de 2025
Materia
VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO YTENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: Que los hechos denunciados no revisten la revisten la entidad suficiente para configurar alguna de las hipótesis fácticas que contempla el artículo 5° de la Ley N° 20.066, y atendido además lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 de la Ley 19.968, se confirma la sentencia definitiva apelada de fecha veinticuatro de febrero del presente año, dictada en los autos RIT N° 243-2025, seguidos ante el Juzgado de Familia de Colina. Regístrese y devuélvase la competencia. N°Familia-1619-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, tres de noviembre de dos mil veinticinco. Al folio 8: a todo, téngase presente. VISTO YTENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: Que los hechos denunciados no revisten la revisten la entidad suficiente para configurar alguna de las hipótesis fácticas que contempla el artículo 5° de la Ley N° 20.066, y atendido además lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 de la Ley 19.968, se confirma la
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