CARRASCO ARMIJO JUAN DEL CARMEN / CAJA DE COMPENSACION LOS ANDES Y OTROS
Rol
Fecha
3 de noviembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Juan Carrasco Armijo y deduce Recurso de Protección en contra de Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, de la Superintendencia de Seguridad Social y contra su ex empleador Empresa Metalúrgica Durocrom S.A, por el acto que estima ilegal y arbitrario, consistente en haber efectuado descuentos improcedentes desde su remuneración, correspondiente a 6 cuotas (octubre y noviembre de 2023; febrero, marzo, abril y mayo de 2024) de un crédito social otorgado por la Caja de Compensación recurrida, por lo que pide a esta Corte que se ordene el cese de cualquier cobro y la restitución de las sumas descontadas. En cuanto a los hechos señala, que hizo el reclamo ante la SUSESO por estos descuentos y dicho organismo resolvió que su ex empleador era el deudor de esos dineros, por lo que se le ha perjudicado con los descuentos practicados. SEGUNDO: Que informando la recurrida Caja de Compensación Los Andes pide el rechazo del presente recurso, señalando que efectivamente el 13 de noviembre de 2015 otorgó un crédito al recurrente, por la suma de $2.034.792 pagadero en 36 cuotas y que a la fecha la operación se encuentra pagada en su totalidad, por lo que el presente recurso carece de oportunidad. Además, en la ampliación de su informe, explicó que respecto del recurrente no existen cobros duplicados ni montos que devolver actualmente. TERCERO: Que informando la Superintendencia de Seguridad Social refiere que luego de los reclamos del recurrente por los descuentos que estimaba indebidos, ordenó a la Caja de Compensación Los Andes que verificara si las cuotas reclamadas de los meses de octubre y noviembre de 2023; febrero, marzo, abril y mayo de 2024, fueron descontadas además por otro empleador del trabajador, lo que fue respondido por la Caja de Compensación de Los Andes expresando que dispuso el cese definitivo de los descuentos del crédito y que dispondrá la restitución de cualquier suma que sea recibida en el in
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo preceptuado en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección, se rechaza la acción cautelar deducida por Juan Carrasco Armijo en contra de Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, de la Superintendencia de Seguridad Social y la Empresa Metalúrgica Durocrom S.A., sin costas. Regístrese y, oportunamente, archívese. N°Protección-22739-2024. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por los Ministros señora Maritza Elena Villadangos Frankovich, señora María Paula Merino Verdugo y el Abogado Integrante señor Rafael Mauricio Plaza Reveco. En Santiago, tres de noviembre de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, tres de noviembre de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Juan Carrasco Armijo y deduce Recurso de Protección en contra de Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, de la Superintendencia de Seguridad Social y contra su ex empleador Empresa Metalúrgica Durocrom S.A, por el acto que estima ilegal y arbitrario, consistente en
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