PIZARRO HUENCHUMIL CARLOS RENE / POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE
Rol
Fecha
3 de noviembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, el 31 de julio de 2025, comparece don Carlos René Pizarro Huenchumil, por sí, quien interpone acción constitucional de amparo en contra de la Policía de Investigaciones. Expone que necesita el alzamiento de un arraigo, por
Fundamentos
motivos de salud, toda vez que su hijo quiere llevarlo a Australia a fin de que le operen las piernas, columna y vértebras quebradas. Hace presente que tiene una discapacidad severa. Segundo: Que, el 5 de septiembre de 2025, el Departamento de Asesoría Técnica de la Policía de Investigaciones evacuó informe, a través del cual expone que, revisado el sistema de Gestión Policial Institucional, el amparado mantiene la siguiente información: “arraigo de pleno derecho, por el delito de infracción ley de armas (17798), causa Rol N° 44, de fecha 16/01/1988, emanado de la 02 Fiscalía Militar de Santiago. No registra orden de detención ni arresto vigente en su contra”. Tercero: Que, el 25 de septiembre de 2025, la Segunda Fiscalía Militar de Santiago evacuó el informe que le fue requerido, a través del cual expone que, revisado el libro de ingreso de causas N° 13 de la época, de la Segunda Fiscalía Militar de Santiago, consta la existencia de un proceso, Rol 44-1988, bajo el folio 270, por una eventual Infracción a la ley N° 17.798, cuyo sumario fue instruido con el 11 de enero de 1988 y recepcionado el 7 de julio del mismo año por la oficina de partes. Refiere que dicho proceso fue elevado el 5 de julio de 1988 ante la Ilustrísima Corte Marcial, siendo recepcionado con fecha 7 de julio del mismo año por la oficina de partes, sin embargo, la referida causa fue traspasada a la Primera Fiscalía Militar el 25 de agosto de 1988, como consta en el Libro de ingreso N° 58 del año 1988, a Folio N° 22 del Segundo Juzgado Militar de Santiago, y en el mismo folio 270 del libro de ingreso de causas N° 13 de esta Fiscalía. Además, hace presente que consta en el referido Libro de ingreso N° 58, que el 16 de marzo de 1991, por resolución sin número, se ordenó por el Segundo Juzgado Militar de Santiago remitir los autos a la Corte de Apelaciones de Santiago, por incompetencia. Puntualiza que, conforme a lo expuesto, el proceso Rol 44-1988 fue eliminado del Rol del Segundo Juzgado Militar de Santiago, pues fue recibido el 27 de junio de 1991 por la Corte de Apelaciones de Santiago. Cuarto: Que, el 16 de octubre de 2025, la Primera Fiscalía Militar de Santiago evacuó el informe requerido, a través del cual expone que, revisados los Libros de ingreso de causas del Segundo Juzgado Militar de Santiago, consta que, con fecha 25 de agosto de 1988, dicho tribunal ordenó el traspaso a la Primera Fiscalía Militar de Santiago de la causa Rol N° 44-1988, iniciada por Parte N° 2 de la 5ª Comisaría de Conchalí, de 10 de enero de 1988, por infracción a la ley N° 17.798, en contra de Carlos René Pizarro Huenchumil. Hace presente que, el 16 de marzo de 1991, el referido tribunal militar dispuso, mediante resolución sin número, remitir los antecedentes a la Corte de Apelaciones de Santiago, conforme a lo establecido en el artículo 1° de la Ley N° 19.047, ordenando su eliminación del Rol. Finalmente, agrega que, según consta en los libros del Segundo Juzgado Militar de Santiago, el 25 de j
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre la materia, SE ACOGE, sin costas, el recurso de amparo interpuesto en favor de don Carlos René Pizarro Huenchumil, ordenando que se decreta el alzamiento de la medida de arraigo que pesa sobre el amparado mencionado, en la causa Rol de Corte N° 31.392-1991, correspondiente al Rol N° 44-1988 del Segundo Juzgado Militar de Santiago. Regístrese y comuníquese. N°Amparo-3053-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, tres de noviembre de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, el 31 de julio de 2025, comparece don Carlos René Pizarro Huenchumil, por sí, quien interpone acción constitucional de amparo en contra de la Policía de Investigaciones. Expone que necesita el alzamiento de un arraigo, por motivos de salud, toda vez que su hijo quiere llevarlo a Australia
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