3º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

MP C/ JEAN CARLOS PINEDA MEDINA Y OTRAS

Rol

Fecha

3 de noviembre de 2025

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente:           Que los antecedentes invocados por el Ministerio Público son suficientes para tener por cumplidas las exigencias de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal en relación al delito por el cual se formalizó la investigación, en tanto tales antecedentes permiten, por una parte,  estimar justificada la existencia del delito de tráfico ilícito de estupefacientes del artículo 3° de la Ley N° 20.000 y, por otra, presumir fundadamente que a los imputados Jean Carlos Pineda Medina, Roberta Yurkeza Abreu Muñoz y Viviana Claudia Cortez Campos les ha cabido participación en este ilícito en calidad de coautores. Asimismo, se estiman concurrentes en el caso de la especie diversas circunstancias que de acuerdo a los incisos tercero y cuarto de la letra c) del citado artículo 140 permiten concluir que la libertad de Pineda Medina, Abreu Muñoz y Cortez Campos constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, como son la gravedad del hecho, la gravedad de la pena asignada por la ley al mismo -en tanto esa pena, en abstracto, es una de crimen- y el hecho de haber actuado en grupo.  En tales condiciones, la prisión preventiva resulta ser la medida cautelar adecuada para asegurar los fines del procedimiento y, por ello, la decisión de primera instancia debe ser mantenida.           Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas y en los artículos 149 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de veintitrés de octubre del año en curso, dictada por el Tercer Juzgado de Garantía de Santiago en la causa RIT N° 6528-2025, que decretó la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto de los imputados Jena Carlos Pineda Medina, Roberta Yurkeza Abreu Muñoz y Viviana Claudia Cortez Campos.           Comuníquese lo resuelto al tribunal a quo. Penal-5735-2025

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas y en los artículos 149 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de veintitrés de octubre del año en curso, dictada por el Tercer Juzgado de Garantía de Santiago en la causa RIT N° 6528-2025, que decretó la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto de los imputados Jena Carlos Pineda Medina, Roberta Yurkeza Abreu Muñoz y Viviana Claudia Cortez Campos.           Comuníquese lo resuelto al tribunal a quo. Penal-5735-2025

Texto Completo (Preview)

CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, tres de noviembre de dos mil veinticinco. Sala: Quinta Rol Corte: Penal-5735-2025 Ruc: 2501457558-0 Rit: O-6528-2025 Juzgado: 3º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: los Ministros señora Marisol Andrea Rojas Moya , señor Jaime Balmaceda Errazuriz señora Elsa Barrientos Guerrero. Relator: Pablo Burchard Fiscal: Matías Sainz Rojas Defensor: Samuel Guz

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