ANONIMIZADO
Rol
Fecha
30 de octubre de 2025
Materia
ALIMENTOS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes existentes en la carpeta digital oídos en la relación, lo expuesto por los comparecientes, teniendo además presente que el apelante no objetó la liquidación que ahora intenta anular, que no ejerció las facultades que le confiere el articulo 12 de la ley 14.908 y que las variaciones de las circunstancias, si las hubiere, corresponde efectuarlas en la causa de rebaja de alimentos, se confirma la resolución apelada de veintiséis de agosto de dos mil veinticinco, con costas del recurso. Notifíquese. Regístrese y, en su oportunidad, devuélvase. N°Familia-247-2025
Texto Completo (Preview)
CA Chillán LGC/ Chillán, treinta de octubre de dos mil veinticinco. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes existentes en la carpeta digital oídos en la relación, lo expuesto por los comparecientes, teniendo además presente que el apelante no objetó la liquidación que ahora intenta anular, que no ejerció las facultades que le confiere el articulo 12 de la ley 14.908 y que las variaciones de
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica