SARRAF RADIO COMUNICACIONES Y CONECTIVIDAD LTDA./CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR DE LOS ANDES
Rol
Fecha
30 de octubre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto: A folio 1, comparece don José Manuel Sarraf Ramírez, en representación de la sociedad SARRAF RADIO COMUNICACIONES Y CONECTIVIDAD LIMITADA, quien interpone recurso de protección en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, por el acto arbitrario e ilegal de haber incorporado y mantener a mi representada en el Boletín Comercial (DICOM) como deudora morosa por un crédito inexistente, vulnerando las garantías constitucionales establecidas en el artículo 19 N° 4, N° 21 y N° 24 de la Constitución Política de la República. El recurrente señala que su representada es una empresa PYME dedicada al rubro de las comunicaciones, conectividad, tecnología y electricidad, que presta servicios tanto a particulares como a entidades públicas. En el ejercicio de su giro comercial, la mantención de antecedentes financieros intachables resulta esencial, pues es requisito indispensable para acceder a financiamiento, postular a licitaciones y mantener relaciones con proveedores. Sin embargo, durante el año 2024 comenzaron a presentarse dificultades al momento de solicitar créditos, siendo exigido el pago al contado o mediante tarjetas, situación anómala que motivó diversas gestiones para indagar la causa. Tras verificar antecedentes, se constató que la sociedad aparecía registrada como deudora ante la Caja de Compensación Los Andes, por supuestos préstamos otorgados a un ex trabajador, don Jesús Delgado, contratado en junio de 2023 y cuyo vínculo laboral finalizó en febrero de 2024. Según la recurrida, mi representada habría retenido y no enterado las sumas correspondientes al pago del crédito, lo que es absolutamente falso, ya que jamás se notificó a esta empresa de la existencia del préstamo ni se instruyó realizar retenciones al trabajador. De hecho, las liquidaciones de sueldo de dicho trabajador demuestran que nunca se practicaron descuentos por este concepto. Al conocer de esta situación, la empresa concurrió a las oficinas de la Caja Los Andes y p
Fundamentos
considerando: PRIMERO: Que, el recurso de protección, establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, tiene por objeto amparar el legítimo ejercicio de los derechos y garantías fundamentales frente a actos u omisiones ilegales o arbitrarios que los priven, perturben o amenacen. SEGUNDO: Que, el presente recurso se interpone en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, por haber incorporado a la empresa recurrente en el Boletín Comercial, atribuyéndole una deuda derivada de créditos sociales de ex trabajadores, respecto de los cuales se alega no haber existido notificación ni instrucción alguna de retención o pago. TERCERO: Que, del examen de los antecedentes acompañados y del informe de la recurrida, no se ha acreditado de manera fehaciente la notificación a la empresa recurrente sobre la existencia del crédito social ni de su obligación de retener las sumas correspondientes, circunstancia que impide atribuirle responsabilidad en el no pago de los montos reclamados, en los términos de justificar su inserción en el Boletín Comercial. CUARTO: Que, en consecuencia, la publicación de la empresa Sarraf Rado Comunicaciones y Conectividad Limitada en el Boletín Comercial carece de sustento jurídico, configurando un acto arbitrario que vulnera la garantía constitucional contemplada en el artículo 19 N° N° 24 de la Carta Fundamental, referida al derecho de propiedad, específicamente en lo que se refiere al desarrollo de su actividad económica.
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República, y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de protección, se acoge, sin costas el recurso deducido por la sociedad Sarraf Radio Comunicaciones Y Conectividad Ltda. en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, y en consecuencia, se ordena a la recurrida eliminar toda publicación o anotación referida a la empresa recurrente del Boletín Comercial. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-5518-2025.
Texto Completo (Preview)
Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, treinta de octubre de dos mil veinticinco. Visto: A folio 1, comparece don José Manuel Sarraf Ramírez, en representación de la sociedad SARRAF RADIO COMUNICACIONES Y CONECTIVIDAD LIMITADA, quien interpone recurso de protección en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, por el acto arbitrario e ilegal de haber incorporado y mantener a
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