JAIME EDUARDO AGUILAR ORTANEY CON JUAN MARIO ROJAS VIVANCO
Rol
Fecha
30 de octubre de 2025
Materia
APELACIÓN INCIDENTE
Resultado
REVOCADA, SIN COSTAS
Hechos
VISTOS Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE: Que del tenor literal del artículo 9, inciso tercero, de la Ley 18.287, la demanda civil presentada en estos autos lo fue dentro del plazo señalado en dicha disposición, más aún
Fundamentos
considerando que a la fecha no se ha celebrado el referido comparendo de contestación y prueba al que se alude.
Fallo
Por estas consideraciones y disposición legal citada; SE REVOCA, sin costas del recurso, la resolución apelada de cinco de marzo de dos mil veinticinco, escrita a fojas 29, dictada por el Primer Juzgado de Policía Local de Concepción y, en su lugar, se decide que se deberá dar curso a la demanda interpuesta en estos autos. Devuélvase. N°Policia Local-313-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción CCG/mfv Concepción, treinta de octubre de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE: Que del tenor literal del artículo 9, inciso tercero, de la Ley 18.287, la demanda civil presentada en estos autos lo fue dentro del plazo señalado en dicha disposición, más aún considerando que a la fecha no se ha celebrado el referido comparendo de contestación y prueba al que se
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