MP C/ CRISTIAN ALEJANDRO NILIAN PENA
Rol
Fecha
30 de octubre de 2025
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en esta audiencia, se CONFIRMA la resolución apelada de veinticuatro de octubre de dos mil veinticinco. Acordado con el voto en contra de la Sra. Oltra, quien fue de opinión de revocar la resolución recurrida únicamente respecto del imputado Máximo Ignacio Díaz Álvarez y sustituir la prisión preventiva a su respecto por medidas cautelares de menor intensidad por no encontrarse acreditada en esta etapa procesal su participación en los delitos porque fue formalizado. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionada por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol N° PENAL - 1426-2025. El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, treinta de octubre de dos mil veinticinco. Sr. Felipe Cancino, Relator. En Valdivia, treinta de octubre de dos mil veinticinco, notifiqué por el estado diario la resolución precedente.
Fundamentos
fundamentos de derecho que expone en la audiencia, se revoque la resolución apelada y, en su lugar, se sustituya la prisión preventiva por otras medidas cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal o, en subsidio, se declare que la causal de la prisión preventiva es el peligro de fuga. Posteriormente alega la Sra. Triviños, quien recurre en contra de la resolución de 24 de octubre que decretó la prisión preventiva al imputado Cristian Nilian y solicita se revoque la resolución recurrida, estableciendo en su lugar alguna de las medidas cautelares de menor intensidad de conformidad a los antecedentes de que expone en estrados. A continuación, alega el Ministerio Público y solicita se confirme la resolución apelada, en virtud de fundamentos de hecho y derecho que expone en audiencia. Los abogados hacen uso de su derecho a réplica, insistiendo en sus planteamientos. La Sra. Presidenta de la Sala da por terminada la intervención, comunica y da lectura a la siguiente resolución: VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en esta audiencia, se CONFIRMA la resolución apelada de veinticuatro de octubre de dos mil veinticinco. Acordado con el voto en contra de la Sra. Oltra, quien fue de opinión de revocar la resolución recurrida únicamente respecto del imputado Máximo Ignacio Díaz Álvarez y sustituir la prisión preventiva a su respecto por medidas cautelares de menor intensidad por no encontrarse acreditada en esta etapa procesal su participación en los delitos porque fue formalizado. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionada por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol N° PENAL - 1426-2025. El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, treinta de octubre de dos mil veinticinco. Sr. Felipe Cancino, Relator. En Valdivia, treinta de octubre de dos mil veinticinco, notifiqué por el estado diario la resolución precedente.
Texto Completo (Preview)
A C T A AUDIENCIA REALIZADA EL DÍA TREINTA DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTICINCO, PARA LA VISTA - POR LA SEGUNDA SALA DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA- DE LOS RECURSOS DE APELACIÓN INTERPUESTOS POR LAS DEFENSAS EN CAUSA RUC N° 2500436827-7, RIT N° 1524 - 2025, ROL CORTE N° PENAL - 1426-2025. Siendo las 09:17 horas del día señalado, se lleva a efecto la audiencia con la asistencia de la Minist
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