ANONIMIZADO
Rol
Fecha
30 de octubre de 2025
Materia
ALIMENTOS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, compartiendo lo resuelto por el tribunal a quo y lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, se confirma la resolución apelada de dieciséis de enero de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Familia de Pudahuel. Devuélvase. N° 477-2025-Familia
Texto Completo (Preview)
Alegó confirmando la abogada Valentina Alejandra Carocca Pereira. Santiago, treinta de octubre de dos mil veinticinco. Al escrito folio 15: téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, compartiendo lo resuelto por el tribunal a quo y lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, se confirma la resolución apelada de dieciséis de enero de dos mil veinticinco, dictada por el J
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