JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE LAJA

MP C/ RUBEN ANTONIO PEREIRA VARELA

Rol

Fecha

30 de octubre de 2025

Materia

PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE. ART. 288 BIS

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO ÚNICAMENTE PRESENTE: 1°) Los intervinientes no han discutido en torno a la concurrencia de los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal y, en lo que respecta a la necesidad de cautela, la defensa cuestiona la proporcionalidad de la medida impuesta. 2°) Esta Corte comparte los

Fundamentos

fundamentos planteados por la recurrente relativos al pronóstico de pena que arriesga el imputado Rubén Pereira Varela en atención a la penalidad que los delitos llevan consigo y la ausencia de condenas penales anteriores, así como de causas vigentes en el sistema. En consecuencia, se accederá a lo solicitado en cuanto a la imposición de una medida cautelar menos intensa pero igualmente privativa de libertad.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 139, 140, 155 y 149 del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución apelada de veinticinco de octubre de dos mil veinticinco, dictada en audiencia por el Juzgado de Letras y Garantía de Laja en los autos RIT 769-2025, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva al imputado Rubén Antonio Pereira Varela y en su lugar se decide que éste queda únicamente sujeto a las medidas cautelares de privación total de libertad en su casa y prohibición de salir del país, en los términos previstos en las letras a) y d) del artículo 155 del código ya citado. Dese inmediata orden de libertad a favor del referido imputado, sino estuviere privado de ella por otra causa. Comuníquese por la vía más expedita y devuélvase. Rol N° 1734-2025 Penal.

Texto Completo (Preview)

Concepción, treinta de octubre de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO ÚNICAMENTE PRESENTE: 1°) Los intervinientes no han discutido en torno a la concurrencia de los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal y, en lo que respecta a la necesidad de cautela, la defensa cuestiona la proporcionalidad de la medida impuesta. 2°) Esta Corte comparte los f

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