JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE CORONEL (LETRADO)

BANCO DE CHILE/HENRÍQUEZ RUBILAR

Rol

Fecha

30 de octubre de 2025

Materia

APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA

Resultado

REVOCADA, SIN COSTAS

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO ÚNICAMENTE PRESENTE: PRIMERO: Que en estos autos, y conforme a la normativa establecida en la Ley N° 20.009, que Establece un Régimen de Limitación de Responsabilidad para Titulares o Usuarios de Tarjetas de Pago y Transacciones Electrónicas en caso de Extravío, Hurto, Robo o Fraude, compareció la entidad emisora, solicitando primigeniamente, y acorde al artículo 5 bis de la ley aludida, una autorización judicial para la mantención de la suspensión de cancelación de cargos y/o la restitución de los fondos reclamados por el usuario, solicitud que fue denegada por el Juzgado de Policía Local de Coronel, por resolución de 24 de julio del año en curso. Posteriormente, y con data 5 de agosto de este mismo año, el referido emisor interpuso ante dicho tribunal la acción especial declarativa de dolo o culpa grave en contra del mencionado usuario, también conforme al precepto antes señalado. Y resolviendo de plano esta demanda, el juzgado en mención, por resolución de 7 de agosto, dispuso literalmente lo siguiente: “Visto: Atendida la fecha del reclamo deducido por parte del usuario a la entidad bancaria y lo dispuesto en los artículos 5 y 5 bis de la Ley 20.009, se rechaza la acción especial de dolo o culpa grave de la Ley 20.009.” (sic). Respecto de esta última resolución recurre la entidad emisora demandante, solicitando, en base a los argumentos que expone, se acoja a tramitación su demanda civil en contra de la usuaria demandada. SEGUNDO: Que, en un primer orden de ideas, debe precisarse que los controles de admisibilidad son de carácter excepcional, y, por ende, de aplicación e interpretación restrictiva, y resultan procedentes solamente en la medida que la propia ley faculte al órgano jurisdiccional para efectuarlos, teniendo en cuenta aquí que tal cortapisa procesal debe razonablemente ser entendida en clave de la observancia de la garantía del derecho a una tutela jurisdiccional efectiva de la que son titulares los justiciables. Y es del caso s

Fallo

Por estas consideraciones, normas citadas y de conformidad, además, con lo previsto en el artículo 32 de la Ley N° 18.287, se declara: Que SE REVOCA, sin costas, la resolución apelada de siete de agosto de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Policía Local de Coronel, en causa Rol N° 112.523/2024, del ingreso de dicho tribunal, mediante la cual “se rechaza” la acción deducida, y, en su lugar, se decide que el juez no inhabilitado que corresponda deberá proveer la demanda interpuesta en estos autos como fuere de derecho, dándole el curso y tramitación legal pertinente. Redacción del ministro titular César Gerardo Panés Ramírez. Rol N° 439-2025 - Policía Local.-

Texto Completo (Preview)

Concepción, treinta de octubre de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO ÚNICAMENTE PRESENTE: PRIMERO: Que en estos autos, y conforme a la normativa establecida en la Ley N° 20.009, que Establece un Régimen de Limitación de Responsabilidad para Titulares o Usuarios de Tarjetas de Pago y Transacciones Electrónicas en caso de Extravío, Hurto, Robo o Fraude, compareció la entidad emisora, solicitando

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica