MP C/ JUAN DE DIOS ESPINOZA ROJAS
Rol
Fecha
30 de octubre de 2025
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto y teniendo presente: 1.- Que, la defensa del imputado, Juan Espinoza Rojas, quien fue formalizado por el delito de tráfico ilícito de estupefacientes, se ha alzado en contra de la resolución que mantuvo su prisión preventiva. 2.- Que, por una parte, subsisten los presupuestos materiales del ilícito formalizado, y de otro lado, el informe sicosocial invocado por la defensa no tiene la entidad para modificar la situación procesal del encartado. 3.- Que, también se mantiene la necesidad de cautela, desde que se trata de un delito castigado con pena de crimen, respecto de un imputado en contra del cual ya se presentó acusación, en la que se pide una pena de 10 años. Compartiendo los argumentos de la resolución que se revisa, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada dictada en audiencia de quince de octubre del año en curso, que mantuvo la prisión preventiva del imputado Espinoza Rojas. Acordada con el voto en contra del Fiscal Judicial Sr. Vigueras, quien fue parecer de revocar la resolución en alzada, e imponer una medida de menor intensidad, por cuanto el imputado ya ha permanecido 10 meses en prisión preventiva y carece de anotaciones pretéritas, lo que unido al informe presentado, dando cuenta de una actividad laboral previa, permiten concluir que la necesidad de cautela se ha atenuado, justificando la petición defensiva. Téngase por notificados a los intervinientes. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. N°Penal-887-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Chillán ACT/alf Chillán, treinta de octubre de dos mil veinticinco. Visto y teniendo presente: 1.- Que, la defensa del imputado, Juan Espinoza Rojas, quien fue formalizado por el delito de tráfico ilícito de estupefacientes, se ha alzado en contra de la resolución que mantuvo su prisión preventiva. 2.- Que, por una parte, subsisten los presupuestos materiales del ilícito formalizado, y de
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