Jdo. de Letras del Trabajo de San Bernardo

BECERRA/CLAUSSEN Y KUNZE LTDA

Rol

C-101-2022

Fecha

16 de noviembre de 2023

Materia

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: PRIMERO: Que, con fecha ocho de marzo pasado, la ejecutada CLAUSSEN Y KUNZA LIMITADA, del giro de su denominación, Rol Único Tributario, 78.207.150-5, representada por doña SILVIA ERICA KUNZE SHUTZE, empresaria, cédula nacional de identidad 6.789.061-2, ambas con domicilio en Avenida Presidente Jorge Alessandri, comuna de San Bernardo, sostuvo que su parte - con el objeto de convalidar el despido -, el 24 de febrero de 2023 pagó las cotizaciones en los términos ordenados en resoluciones de fechas 7 de abril y 12 de diciembre de 2022, esto es, tomando como base imponible la suma de $390.297. En razón de lo anterior, pide tener por convalidado el despido en dicha fecha. SEGUNDO: Que, posteriormente comunicó al demandante el pago de las cotizaciones antes mencionadas, a través de carta certificada como lo ordena el artículo 162 del Código del Trabajo. TERCERO: Que, con fecha 16 de marzo se tuvo por evacuado el traslado conferido en rebeldía de la demandante. CUARTO: Que, se recibió a prueba el incidente, fijándose al efecto como hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, los siguientes: 1. Efectividad de encontrarse debidamente enteradas las diferencias de cotizaciones previsionales de los meses de julio de 2020 a agosto de 2021 en AFP PROVIDA, de salud en FONASA y por seguro de cesantía en AFC Chile S.A. del trabajador Luis Guillermo Becerra Villagra, sobre la base de una remuneración imponible de $390.297 (trescientos noventa mil doscientos noventa y siete pesos).- 2. Efectividad de haberse dado cumplimiento a lo dispuesto en el inciso 6° del artículo 162 del Código del Trabajo. QUINTO: Que, en apoyo de sus pretensiones la ejecutada produjo la siguiente prueba documental, no objetada y consistente en: 1.- Certificado de Pagos de Cotizaciones Previsionales, emitido por PREVIRED de fecha 6 de marzo de 2023, en donde certifica las cotizaciones previsionales del Sr. GUILLERMO BECERRA VILLAGRA, Rut: 16.909.422-5, Código: VSXDXJSFTHN Este documento tiene

Fundamentos

considerando sexto precedente. II.- Que, no habiéndose formulado oposición a la incidencia, cada parte soportará sus costas. RIT: C-101-2022 RUC: 21-4-0365332-K Proveyó el(la) Juez(a) del Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En San Bernardo a dieciséis de noviembre de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución precedente. /eur Código: VSXDXJSFTHN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-11-16T13:40:30-0300

Fallo

fallo que se ejecuta, la demandada fue condenada a pagar las diferencias de cotizaciones previsionales correspondiente a los meses de julio de 2020 a agosto de 2021 en AFP PROVIDA, de salud en FONASA y por seguro de cesantía en AFC Chile S.A. que fueron enteradas por un monto inferior al que se debía, teniendo en consideración para ello el monto de remuneración fijado en $390.297.- SEPTIMO: Que, en consecuencia, sobre la base de la documental aportada, se ha acreditado suficientemente el pago de las citadas cotizaciones de seguridad social y la comunicación de aquello al actor, motivo por el cual se hará lugar a la incidencia, estimándose convalidado el despido con fecha 24 de febrero de 2023.- Y, vistos, además lo dispuesto en los artículos 162, 168 y 467 y siguientes del Código del Trabajo, SE RESUELVE: Código: VSXDXJSFTHN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que se acoge la solicitud de convalidación del despido en los términos señalados en el considerando sexto precedente. II.- Que, no habiéndose formulado oposición a la incidencia, cada parte soportará sus costas. RIT: C-101-2022 RUC: 21-4-0365332-K Proveyó el(la) Juez(a) del Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En San Bernardo a dieciséis de noviembre de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución precedente. /eur Código: VSXDXJSFTHN Este documento tiene firma electróni

Texto Completo (Preview)

San Bernardo, dieciséis de noviembre de dos mil veintitrés. VISTO: PRIMERO: Que, con fecha ocho de marzo pasado, la ejecutada CLAUSSEN Y KUNZA LIMITADA, del giro de su denominación, Rol Único Tributario, 78.207.150-5, representada por doña SILVIA ERICA KUNZE SHUTZE, empresaria, cédula nacional de identidad 6.789.061-2, ambas con domicilio en Avenida Presidente Jorge Alessandri, comuna de San Bern

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica