MINISTERIO PUBLICO C/ VICTOR SAMUEL OYARZO BARRIA
Rol
13483-2023
Fecha
22 de febrero de 2023
Materia
Reforma
Resultado
DECLARA INADMISIBLE RECURSO DE NULIDAD, REMITE ANT
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1° Que la defensa de Víctor Oyarzo Barría, recurre de nulidad en contra de la sentencia dictada por el Tribunal Oral en lo Penal de Osorno, los que han sido remitidos por interconexión a esta Corte Suprema para conocer del recurso deducido en contra de la sentencia que lo condenó como autor de los delitos de porte ilegal de arma prohibida y municiones. 2° Que por el líbelo se ha invocado como causal principal la del artículo 373 letra A) del Código Procesal Penal, por infracción al debido proceso, específicamente al non bis in ídem, por la determinación de la pena, principalmente, porque no obstante haberse aplicado el principio de absorción y haberse subsumido la conducta en un solo delito, el tribunal aplica el artículo 69 del Código Penal para determinar la extensión de la pena. 3° Que el Ministerio Público ha solicitado que se declare la inadmisibilidad del motivo de nulidad principal del líbelo intentado por falta de
Fundamentos
fundamentos desde que los argumentos esgrimidos se vinculan con la errónea aplicación del derecho, causal que no permite reconducción. 4° Que de la lectura del recurso se advierte que lo alegado por el impugnante en lo que a la causal principal se refiere, dice relación con la aplicación de una norma penal, lo que constituye más bien la causal de nulidad del literal b) del artículo 373 del Código Procesal Penal, la que no es procedente reconducir a una Corte de Apelaciones, razón que lleva a que el líbelo intentado en lo que a dicha causal se refiere sea declarado inadmisible. Y visto además, lo dispuesto en el artículo 383 del Código Procesal Penal,
Fallo
se declara inadmisible la causal principal del recurso de nulidad interpuesto por la defensa del sentenciado; remítase los antecedentes a la Corte de Apelaciones de Valdivia, para que previa revisión en cuenta del líbelo intentado, -en lo que a la causal subsidiaria se refiere-si es del caso, fije audiencia para su conocimiento y resolución. Regístrese y remítase. Rol N° 13483-23.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintidós de febrero de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: 1° Que la defensa de Víctor Oyarzo Barría, recurre de nulidad en contra de la sentencia dictada por el Tribunal Oral en lo Penal de Osorno, los que han sido remitidos por interconexión a esta Corte Suprema para conocer del recurso deducido en contra de la sentencia que lo condenó como autor de los delitos de porte i
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