JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE TALCA

A.F.P. PROVIDA S.A. CON I MUNICIPALIDAD DE TALCA

Rol

120499-2022

Fecha

22 de febrero de 2023

Materia

Cobranza Laboral

Resultado

RECHAZADO CASACIÓN FONDO MANIFIESTA FALTA DE F

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por la ejecutante en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Talca, que confirmó la de primera instancia que acogió la excepción de pago de la deuda. Segundo: Que la recurrente refiere que la sentencia impugnada infringió los artículos 5 N°5 y 22 de la Ley número 17.322, además del artículo 19 del DL 3.500, por cuanto reclama que los períodos demandados se encuentran impagos en sus reajustes e intereses y los pagos considerados por la judicatura no incluye a todos los trabajadores que dieron inicio a este procedimiento. Tercero: Que en el proceso se tuvo por acreditado “…el pago de las resoluciones 81020449 que comprenden desde los períodos 1 al 12/2008, 1 al 12/2009, 1 al 12/2010, 1 al 12/2011, 1 al 12/20212, 1 al 12/2013, 1 al 12/2013, 1 al 12/2014, 1 y 2/2015. No se probó el pago de la resolución 81020449 correspondiente a los períodos 10/2007, 11/2007 y 12/2007.” Sobre la base de dichos presupuestos fácticos, la judicatura del fondo acogió la excepción de pago parcial de la deuda. Cuarto: Que, teniendo presente los antecedentes que se tuvieron por establecidos por la judicatura del fondo y los razonamientos expuestos en el motivo anterior, no se incurrió en los errores de derecho que se denuncian, haciendo una correcta aplicación del artículo 5 N°5 de la Ley 17.322, toda vez que se probó, por la ejecutada, que pagó parte de la deuda; razones que llevan a desestimar el recurso en esta etapa procesal por adolecer de manifiesta falta de fundamento. Por estas consideraciones y normas citadas, se rechaza el recurso de casación en el fondo deducido contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Talca el treinta de agosto de dos mil veintidós. Regístrese y devuélvase. Rol Nº 120.499-2022.-

Fallo

Por estas consideraciones y normas citadas, se rechaza el recurso de casación en el fondo deducido contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Talca el treinta de agosto de dos mil veintidós. Regístrese y devuélvase. Rol Nº 120.499-2022.-

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintidós de febrero de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por la ejecutante en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Talca, que confirmó la de primera instancia que acogió la excepción de pago de

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